:) HOLA COMPAÑEROS
Mi duda es que si una persona fisica que presta servicios profesionales, por lo que expide recibos de honorarios, rento una maquinaria que tenia a una S.A., y esta le pide comprobante. ¿Se puede poner este concepto en el recibo de honorarios y solo poner el
SUBTOTAL
IVA
TOTAL
Claro, sin retenciones o como?
Gracias de antemano
:)
:) C.P. Betty Najera
bettyliz Soldado Mensajes:
14 Ingresó:
Junio 04, 2004 Ubicación:
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26/Jun/04 13:04
Re: RENTA DE MAQUINA
compañera: :)
la prestacion de servicios y el arrendamiento de un equipo, por la persona fisica , los dos se le debe de retener el iva.
y el concepto puedes poner: "renta del equipo x por tantos dias".
o nose se me ocurre eso.
saludos
julio zamora
culican sinaloa
JULITOZAM Cabo Mensajes:
26 Ingresó:
Mayo 18, 2004 Ubicación:
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28/Jun/04 16:33
Re: RENTA DE MAQUINA
Hola para la retención del IVA aqui te pongo el fundamento
de acuerdo con el Art. 1-A (CONTRIBUYENTES OBLIGADOS A RETENER EL IVA)
Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les trasllade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
PERSONAS MORALES
II.- Sean personas morales que :
a)reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes...
y para el concepto le puedes poner:"renta de maquinaria"
Espero y te sirva
Saludos :)
rsanchez Subteniente Mensajes:
203 Ingresó:
Mayo 18, 2004 Ubicación:
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28/Jun/04 16:40
Hola:
En efecto y de acuerdo con "RSANCHEZ":
La PM te tendra que retener las 2/3 partes del IVA que se cause y como comprobante podras emitir un recibo de honorarios en los que se establezca claramente el concepto de renta del equipo.
Saludos !!!
RJS.
ricardojsmx Sargento Primero Mensajes:
92 Ingresó:
Junio 03, 2004 Ubicación:
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28/Jun/04 17:40
Re: RENTA DE MAQUINA
Saludos...!!!
Solo una pregunta, que tipo de maquinaria es..?? se considera bien mueble de acueroa el art 750 del Código civil...?? de no ser así entonces deberias tributar en el capitulo IV, pero en caso de ser un bien mueble entonces si aplican los acertados comentarios de los colegas... y en elc oncepto ponle renta de maquinaria...!!
:evil: ME GUSTARÍA SER TÚ... PARA TENER UN AMIGO COMO YO...!!!
http://groups.msn.com/AportacionesFiscales
Alucard Teniente Mensajes:
259 Ingresó:
Mayo 18, 2004 Ubicación:
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28/Jun/04 18:02
BIEN MUEBLE SEGUN EL CODIGO CIVIL ES EL QUE SE ENCUENTRA ADHERIDO AL SUELO.
INMUEBLE EL QUE PODEMOS LLEVAR DE UN LUGAR A OTRO.
LA LEY DE ISR NO HACE DISTINCION ENTRE ESTOS DOS, POR LO TANTO SI HAY RETENCION DE IVA.
mateogarciagil Soldado Mensajes:
14 Ingresó:
Mayo 18, 2004 Ubicación:
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29/Jun/04 0:02
[color=blue:66ab8274cd][quote:66ab8274cd="mateogarciagil"]BIEN MUEBLE SEGUN EL CODIGO CIVIL ES EL QUE SE ENCUENTRA ADHERIDO AL SUELO.
INMUEBLE EL QUE PODEMOS LLEVAR DE UN LUGAR A OTRO.
LA LEY DE ISR NO HACE DISTINCION ENTRE ESTOS DOS, POR LO TANTO SI HAY RETENCION DE IVA.[/quote:66ab8274cd]
:!: OJO[/b:66ab8274cd] con lo que señalas, con relación a la definición de bienes muebles e inmuebles, creo que lo estás interpretando al reves.
Por otro lado, estoy de acuerdo con lo que señala [b:66ab8274cd]Alucard [/color:66ab8274cd]
jhiguera
Hoy es el mejor día de tu existencia; se feliz.
JHiguera Teniente Mensajes:
307 Ingresó:
Mayo 22, 2004 Ubicación: