02/Oct/26 08:47
Re: QUE PASA CON LA DEDUCCION DE INVERSIONES EN SALIDA DE RESICO
Buen tema, pasa bastante seguido con RESICO.
En principio, no podrías deducir en 2026 el saldo pendiente de ese automóvil. ¿Por qué? Porque cuando estabas en RESICO no aplican deducciones de inversiones (no hay depreciación fiscal), ya que el régimen se basa en flujo de efectivo e ingresos cobrados.
Al cambiar a actividad empresarial, inicias bajo reglas de deducciones, pero las inversiones realizadas en RESICO no generan un “saldo pendiente por deducir”, justamente porque nunca fueron deducibles en ese régimen.
En otras palabras: no es que tengas un saldo pendiente, es que fiscalmente esa inversión no entró al esquema de deducción desde el inicio.
Algunos colegas interpretan que podría incorporarse como activo al cambiar de régimen y comenzar a depreciarlo, pero eso no está del todo claro ni expresamente permitido por la ley, por lo que podría ser cuestionado por la autoridad.
En práctica conservadora: se pierde el beneficio de deducción.
En práctica agresiva: algunos lo activan y empiezan a depreciar desde el cambio, pero con riesgo.
Yo lo revisaría con fundamento específico (LISR y RMF vigente) o con un contador, porque depende mucho del criterio que quieras asumir.