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02/Ene/26 17:52
PAN DULCE

Buenas tardes.


una panaderia debe cobrar IESP? e IVA? ELABORAMOS PAN DULCE, DE TODO TIPO , INCLUYENDO BOLILLO


de antemano gracias por sus comentarios
 
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MAMA6602
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02/Ene/26 18:54
Re: PAN DULCE

La venta de pan, incluyendo el pan dulce, está sujeta a la tasa cero de IVA en México, lo que significa que no se cobra este impuesto al consumidor final. Esto se considera un alimento de consumo básico.

El pan dulce sí puede causar IEPS. Este impuesto del 8% se aplica a los alimentos no básicos con una densidad calórica de 275 kilocalorías o superior por cada 100 gramos.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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03/Ene/26 11:22
Re: PAN DULCE

Si una panadería se dedica exclusivamente a la venta de pan y pasteles, serían gravadas al 0% de IVA.

El IEPS se aplica a los panes de dulce y pasteles que tengan una densidad calórica de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos, en este caso se aplicará una tasa de IEPS del 8%.
 
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CP_PACO
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06/Sep/26 21:50
Re: PAN DULCE

Buenas tardes. En principio, habría que distinguir entre IEPS e IVA según el tipo de pan y la forma de comercialización. El bolillo y ciertos productos de panadería pueden tener tratamiento distinto. Lo ideal es revisar cada producto y operación connections hint today antes de determinar el impuesto.
 
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welshfan
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