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11/Oct/05 14:12
RE PERDIDA

PERDON PERO ME FALTO PREGUNTAR QUE EN EL CASO DE QUE HAYA SUSPENSION DE ACTIVIDADES SE CUENTA TAMBIEN ESE TIEMPO PARA PODER DEDUCIR LAS PERDIDAS PENDIENTES DE AMORTIZAR
 
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maximos
Cabo

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11/Oct/05 20:31
Re: RE PERDIDA

Pues a falta de disposición en contrario (no encontré nada al respecto), tal parece que así es, se cuentan los ejercicios transcurridos aun cuando el contribuyente se encuentre suspendido.

Favor de corregirme si algien sabe que sea de otra manera.
 
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atperez
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17/Ago/26 09:10
Re: RE PERDIDA

No esta regulado y como ya te dijeron antes, pareciera ser que si, mas ahora que las suspensiones no pueden durar tanto tiempo, la excepción es el ejercicio de liquidación que es 1 solo y puede durar muchos años.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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