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27/Jul/25 15:28
Como registro de forma correcta el pago de reducción de capital

Hola buenas tardes a todos,

Tengo la siguiente duda.

Si un socio de una sociedad de responsabilidad limitada, decide salirse de la sociedad, como persona moral debo considerarlo como reduccion de capital y seguir los pasos correspondientes al articulo 78 LISR y su reglamento articulo 119,

el cual menciona que al ser partes sociales puedo optar por aplicar el monto que le corresponda de la CUCA y CUFIN respecto del porcentaje del su participacion en la sociedad,


en este caso, realice el procedimiento con los siguientes datos

CUCA actualizada: 5,090,910
CUFIN actualizada: 251,092

Estado de cambios al capital contable: 4,420,914
Capital social: 3,130,000
Resultado de ejercicios anteriores: 1,033,483
Resultado del ejercicio: 257,430

porcentaje de correspondiente al socio: 66%
Capital aportado histórico: 2,080,000

Monto total reembolsable libre de impuestos articulo 78 LISR: 3,880,497
CUCA a reembolsar: 3,383,097
CUFIN a reembolsar: 497,400

La duda que tengo es como debo de registrar contablemente el efecto correcto de la reducción de capital, ya que los montos en los estados financieros, son menores y contiene en el capital social a otras cuatro partes sociales, y en las utilidades retenidas no contengo el monto suficiente para cargar la diferencia que supera un millón de pesos respecto de la CUCA que le corresponde y los 497, 400 de la CUFIN que le corresponde
 
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JAdiaz
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06/Ago/25 08:52
Re: Como registro de forma correcta el pago de reducción de capital

Hola, debe haber un 'amarre' entre la Cuca desde su saldo histórico con el Capital Social y como se llega al Capital Contable (CC) actual. Las comparaciones son cuca por acción en la fracción I, cualquier cosa que se devuelva por encima de la cuca x acción es utilidad distribuida y consume cufin, si la cufin es insuficiente, se piramida.

El amarre podría explicar porque el CC es menor a la Cuca y eso deberá dar una luz de como hacer los registros, favor de hacer el amarre y nos platicas que encontraste, con eso te podríamos ayudar mejor.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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03/Jun/26 20:13
Re: Como registro de forma correcta el pago de reducción de capital

Hola, buenas tardes. Por lo que describes, la salida del socio efectivamente se considera una reducción de capital conforme al artículo 78 LISR, pero contablemente debes separar claramente el reembolso de capital (hasta donde alcance la CUCA) de la distribución de utilidades (CUFIN). La diferencia que mencionas, que supera lo foodle disponible en utilidades retenidas y capital social, generalmente se registra contra la cuenta de “resultado por reducción de capital” o “ajustes al capital contable”, reflejando que parte del reembolso excede las reservas existentes. Es importante que este asiento quede documentado y justificado, ya que afectará el capital social y el patrimonio contable, pero no necesariamente genera impacto fiscal adicional si se respeta lo dispuesto en CUCA y CUFIN.
 
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foodle
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04/Jun/26 08:03
Re: Como registro de forma correcta el pago de reducción de capital

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CP_PACO
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