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01/Sep/25 15:20
PENSION DEFINITIVA POR INVALIDEZ POR ENFERMEDAD

Buenas tardes, que pasa con un trabajador que va a tener una pension definitiva por invalidez por enfermedada ? ¿ en este caso la empresa como lo tiene que liquidar entiendo que solo es finiquito ? pero no encuentro el fundamento legal de la ley federal de trabajo quisera saber sus comentarios al respecto.
 
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VCO150907288
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01/Sep/25 15:40
Re: PENSION DEFINITIVA POR INVALIDEZ POR ENFERMEDAD

Finiquito

(arts. 53, fracc., IV; 54; 79; 80; 87 y 62, fracc. I, LFT)
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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02/Sep/25 15:07
Re: PENSION DEFINITIVA POR INVALIDEZ POR ENFERMEDAD

Hola VCO150907288

Como tal, obtener una pensión derivado de un dictamen de invalidez no es motivo para rescindir la relación laboral

El procedimiento correcto es ofrecerle a la persona un puesto con un salario en un 50% menor del que tenia antes de obtener la pensión (esto para que le sigan pagando la pensión), en su caso pagarle sus partes proporcionales y prima de antigüedad y suscribir un nuevo contrato individual de trabajo

En caso de que esta rechace la propuesta, aplicaría la indemnización de un mes de salario y 12 días por año laborado mas su finiquito (partes proporcionales)

Saludos



Editado: Septiembre 02, 2025 15:11:27
 
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Contamty94
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