05/Jun/25 10:54
COMENTARIO RESPECTO A LAS RAZONES DE RECHAZO DE DEVOLUCIONES ANUAL 2024
Buenos días a todos
Quiero comentar respecto a una situación que se está presentando en las razones e inconsistencias en los rechazos de las devoluciones del saldo a favor de las declaraciones de 2024
Tengo el caso de tres contribuyentes que están dados de alta en resico y que además tuvieron ingresos por sueldo e intereses:
1.-En el caso de los ingresos por resico de acuerdo a la regla 3.13.7 de la RMF se establece que los pagos mensuales tendrán el carácter de definitivos por lo que quedarán relevados de presentar la declaración anual únicamente por los ingresos que correspondan al régimen simplificado de confianza, no así por los ingresos por sueldos e intereses. De tal manera que no están obligados a presentar declaración anual por estos ingresos
Importante comentar que para resico copropiedad y agapes es otra situación.
2.-Respecto a los ingresos por sueldos e intereses si existe la obligación de presentar la anual considerando obviamente el supuesto que aplique y que les de la obligación (ingresos, patrones, etc)
Los contribuyentes que refiero los 3 tienen el mismo supuesto resico, sueldos e intereses; sin embargo, a los 3 les acaban de rechazar la devolución por las mismas razones: porque según el SAT hay omisión de ingresos, textualmente detalla la razón:
'Se detectó omisión de ingresos, es decir los cfdi emitidos no están considerados en la determinación del Impuesto Sobre la Renta'
por lo que deja ver que la autoridad está considerando que los ingresos por resico debieron incluirse en la declaración lo cual es incorrecto de acuerdo a las disposiciones fiscales vigentes.
Si bien es cierto que debemos desvirtuar tal situación fundamentándolo de manera correcta en el escrito de solicitud de devolución a través del formato FED; también es cierto que la autoridad está rechazando devoluciones sin la fundamentación correcta situación que pone en desventaja a los contribuyentes.
Decidí comentar sobre el caso; porque creo que hoy más que nunca la comunidad de contadores y contadoras debemos estar en la misma sintonía para poder hacer de manera correcta nuestro trabajo, pero también para exponer situaciones que van más allá de la legalidad y de lo que establecen las disposiciones.
En conclusión:
En mi opinión es incorrecto lo que está resolviendo la autoridad ya que los ingresos obtenidos por resico no deben acumularse a sueldos salarios e intereses; más allá no debe presentarse la declaración anual y aún y cuando se hubiera tenido la obligación de presentar la declaración anual por esos ingresos como sucedió en años anteriores; tampoco deben acumularse a los demás ingresos; y sí efectivamente se debe desvirtuar tal criterio de la autoridad con el escrito fundamentado pero no es lo que debiéramos estar haciendo.
Agradeceré sus comentarios y saber si alguien más ha tenido este tipo de casos en las devoluciones 2024
Gracias por su atención y comentarios