Persona Moral, soporte pagina internet, tiene entre las prestaciones a sus empleados el reembolsarles el pago de internet de sus domicilios particulares (porque tienen que estar pendientes aun fuera de su horario de oficina), pero se paga el reembolso con copia de su fatura de telefonos, no se puede hacer la facturacion a la empresa porque el servicio de internet es al propietario de la linea telefonica.
No hay manera de hacer deducibles estos pagos?
Gracias de antemano por sus comentarios.
catotin Subteniente Mensajes:
174 Ingresó:
Septiembre 26, 2005 Ubicación:
No Conectado
Agregar como amigo
08/Jun/06 15:24
Re: reembolso gastos
Hola buen tarde:
Lo veo bastante completo, lo mas que se podria hacer es que dicha prestacion la consideren como parte integrante del salario del trabajador, de esta manera seria deducible, pero tiene el inconveniente de que el SDI para IMSS aumentaria en su parte variable y dicha prestacion se tendria que tomar como gravado para la determinacion del ISR salarios
reynaisabel_luna Sargento Segundo Mensajes:
63 Ingresó:
Julio 26, 2005 Ubicación:
No Conectado
Agregar como amigo
05/May/25 08:01
Re: reembolso gastos
Podrías hacer extensivos de las reglas de teletrabajo para incluir tus casos en específico y hacer deducibles los gastos, una opción es reembolso qeue te van a cuestionar los CFDIs a nombre de la empresa, la otra es como parte del salario, pero gravaría ISR e IMSS. Orra opción es que se cambie el recibo de internet a nombre de la empresa, es viable.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
Cheque General de Brigada Mensajes:
7402 Ingresó:
Mayo 18, 2004 Ubicación: