28/Abr/20 14:10
Costo de lo vendido personas fisicas
Buenas tardes:
Siendo persona física con actividad empresarial, compré un terreno en 2019 para enajenarlo en 2020, el terreno esta totalmente pagado.
Mis preguntas son:
1.- Se debe enviar la compra a deducción autorizada para efectos fiscales?
2.-Cómo lo debo reflejar en el balance de la anual?
Me refiero en la pregunta 2, como aun no se vende no debería estar en inventarios? Pero siendo perdida fiscal, ya deberia reflejarse totalmente en pérdida del ejercicio?
Agradezco mucho su ayuda.
|
icadena
Capitán Segundo

Mensajes:
417
Ingresó:
Julio 21, 2008
Ubicación:
|
Conectado |
Agregar como amigo
|
28/Abr/20 16:38
Re: Costo de lo vendido personas fisicas
Disculpen, algún comentario?
|
icadena
Capitán Segundo

Mensajes:
417
Ingresó:
Julio 21, 2008
Ubicación:
|
Conectado |
Agregar como amigo
|
28/Abr/20 17:43
Re: Costo de lo vendido personas fisicas
icadena
Se deduciría en 2020 mediante la aplicación del articulo 19 de la LISR.
Artículo 19. Para determinar la ganancia por la enajenación de terrenos ... los
contribuyentes restarán del ingreso obtenido por su enajenación el monto original de la inversión, el cual se podrá ajustar multiplicándolo por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes en el que se realizó la adquisición y hasta el mes inmediato anterior a aquél en el que se realice la enajenación.
No es un inventario propiamente, mas bien iria en el rubro de activos fijos - activo fijo disponible para la venta
|
NicolasCastilloPerales
Mayor

Mensajes:
1058
Ingresó:
Julio 13, 2017
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
28/Abr/20 17:55
Re: Costo de lo vendido personas fisicas
Ah ok, tenía entendido que en personas físicas la deducción es en el momento de que esta pagado, por ser flujo de efectivo.
Entonces sería deducible como costo de lo vendido? Como en personas morales?
Agradezco mucho su ayuda
|
icadena
Capitán Segundo

Mensajes:
417
Ingresó:
Julio 21, 2008
Ubicación:
|
Conectado |
Agregar como amigo
|
28/Abr/20 18:16
Re: Costo de lo vendido personas fisicas
Ah ok, tenía entendido que en personas físicas la deducción es en el momento de que esta pagado, por ser flujo de efectivo.
Entonces sería deducible como costo de lo vendido? Como en personas morales?
Agradezco mucho su ayuda
|
icadena
Capitán Segundo

Mensajes:
417
Ingresó:
Julio 21, 2008
Ubicación:
|
Conectado |
Agregar como amigo
|
29/Abr/20 10:28
Re: Costo de lo vendido personas fisicas
icadena
Artículo 103. Las personas físicas que obtengan ingresos por actividades empresariales o servicios profesionales, podrán efectuar las deducciones siguientes:
...
II. Las adquisiciones de mercancías, así como de materias primas, productos semiterminados o
terminados, que utilicen para prestar servicios, para fabricar bienes o para enajenarlos.
No serán deducibles conforme a esta fracción los activos fijos, los terrenos, las acciones,
partes sociales, obligaciones y otros valores mobiliarios, los títulos valor que representen la
propiedad de bienes, excepto certificados de depósito de bienes o mercancías, la moneda
extranjera, las piezas de oro o de plata que hubieran tenido el carácter de moneda nacional o
extranjera ni las piezas denominadas onzas troy.
IV. Las inversiones.
Artículo 31
...
Cuando el contribuyente enajene los bienes o cuando éstos dejen de ser útiles para obtener los ingresos, deducirá, en el ejercicio en que esto ocurra, la parte aún no deducida. En el caso en que los bienes dejen de ser útiles para obtener los ingresos, el contribuyente deberá mantener sin deducción un peso en sus registros. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable a los casos señalados en los párrafos penúltimo y último de este artículo.
Saludos
Editado: Abril 29, 2020 10:30:41
|
NicolasCastilloPerales
Mayor

Mensajes:
1058
Ingresó:
Julio 13, 2017
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
27/May/20 19:11
Re: Costo de lo vendido personas fisicas
quieres una asesoría contable o una fiscal
No se porque te ofrecen artículos de la LISR, para una pregunta de un foro contable
El costo de venta es sencillo. Si tu terreno se ha vendido, mandas un traspaso de inventarios de terrenos al costo de ventas el valor original registrado de ese terreno que se vendió. así de fácil. Nomas toma en cuenta los mts cuadrados comprados y los vendidos para dejar en inventarios los mts 2 no vendidos.
No vendes terreno se mantiene en el inventario
Todo lo anterior es contabilidad simple y sencilla de llevarse a cabo
Pero bueno los compañero te ofrecen legislación por venta de terrenos para los fines fiscales
En los impuestos se saca un costos fiscal actualizado, se integran partidas al costo con actualizaciones de inflación y de esta manera enfrentar este nuevo costo fiscal del terreno contra la venta
El resultado te dará una ganancia o una perdida por venta fiscal de terrenos. Es lo que termina quedando en la declaración
Editado: Mayo 27, 2020 19:13:35
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
|
ers9727
Mayor

Mensajes:
1163
Ingresó:
Abril 22, 2019
Ubicación:
Nuevo León
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
28/May/20 18:39
Re: Costo de lo vendido personas fisicas
Buenas tardes
No se porque te ofrecen artículos de la LISR, para una pregunta de un foro contable
Por que el compañero que abrio el tema pregunto lo siguiente:
1.- Se debe enviar la compra a deducción autorizada para efectos fiscales?
La pregunta tiene varias implicaciones que una respuesta 'si o no' no podria responder, por ende, se da el fundamento y el transfondo para resolver la duda.
Saludos
Editado: Mayo 28, 2020 18:42:54
|
NicolasCastilloPerales
Mayor

Mensajes:
1058
Ingresó:
Julio 13, 2017
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
29/May/20 17:31
Re: Costo de lo vendido personas fisicas
La pregunta tiene varias implicaciones que una respuesta 'si o no' no podria responder, por ende, se da el fundamento y el transfondo para resolver la duda.
100% de acuerdo.
Por lo regular, los topicos, se plantean en forma muy general.
y muchas veces se responden como suponemos la duda.
Ademas pienso que el cuestionamiento de ers9727, es ocioso.
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
|
vabdo
General de Brigada

Mensajes:
7573
Ingresó:
Agosto 22, 2005
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
|