- Fiscal
- julio 30, 2026
¿Quién puede acreditar el IVA de alimentos otorgados como prestación laboral?
La aportación del trabajador no limita, por sí misma, el acreditamiento del impuesto pagado por la empresa.
Entre las empresas que proporcionan alimentos a sus trabajadores como una prestación laboral es frecuente establecer una cuota de recuperación. Esta aportación puede tener como finalidad que la alimentación se considere otorgada de forma onerosa para efectos de la Ley del Seguro Social y, por tanto, pueda excluirse del salario base de cotización cuando se cumplan los requisitos legales.