Pago de lo indebido y saldo a favor: diferencias en la devolución fiscal

La naturaleza de la cantidad solicitada determina desde cuándo debe pagar intereses la autoridad

El Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación reconoce el derecho de los contribuyentes a obtener la devolución tanto de las cantidades pagadas indebidamente como de aquellas que procedan conforme a las leyes fiscales. Aunque ambos conceptos generan una cantidad susceptible de restitución, su origen jurídico es distinto y esa diferencia puede modificar sustancialmente el cálculo de los intereses a cargo del fisco federal.

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