Procede suspensión provisional contra nuevos descuentos INFONAVIT

La obligación patronal prevista en el artículo 29 de la Ley del Infonavit.

El Artículo 29, párrafo penúltimo, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores impone a la parte patronal la obligación de efectuar descuentos al salario de las personas trabajadoras destinados al pago de créditos de vivienda, incluso durante los periodos en que estas no perciban salario como consecuencia de ausencias o incapacidades.

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