¿Flujo limitado? Paga el impuesto anual en parcialidades

Esquema de pago a seis meses con intereses del ISR anual de personas físicas. No aplica para IETU.

Los contribuyentes que deban presentar declaración anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) del ejercicio 2009, podrán efectuar el pago hasta en seis parcialidades, mensuales y sucesivas, siempre que dicha declaración la presenten dentro del plazo establecido por el precepto mencionado; es decir, a más tardar el 30 de abril de 2010.

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