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26/Ene/23 14:55
los inventarios del año 2021 en 2023 el costo de ventas solo se podra deducir en la declaracion anual de 2023 o los puedo deducir en los pagos provisionales en regimen resico pm?

buen dia a todo el grupo por su apoyo y tiempo a esta consulta gracias, pm resico en 2023 sigue vigente el articulo segundo transitorio fraccion v de LISR por los inventarios que esten pendientes de deducir al año 2021?
y solo hacer deducible el costo de ventas hasta la declaracion anual de 2023?
 
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cruz777
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27/Ene/23 10:12
Re: los inventarios del año 2021 en 2023 el costo de ventas solo se podra deducir en la declaracion anual de 2023 o los puedo deducir en los pagos provisionales en regimen resico pm?

los inventarios de 2021 se deben de deducir en la declaración 2022 que se presenta en este año 2023
 
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JVC_BT
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27/Ene/23 16:06
Re: los inventarios del año 2021 en 2023 el costo de ventas solo se podra deducir en la declaracion anual de 2023 o los puedo deducir en los pagos provisionales en regimen resico pm?

gracias por tu aportacion JVC_VT la duda es si en los pagos provisionales del ejercicio de 2023 se seguira aplicado la mecanica de no hacer deducibles el costo de ventas en los pagos provisionales por el inventario que aun esta pendiente de venderse del año 2021.
y hacerlo deducible en la declracion anual de 2023 que se presentara en marzo de 2024

Editado: Enero 27, 2023 16:08:00
 
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cruz777
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27/Ene/23 16:43
Re: los inventarios del año 2021 en 2023 el costo de ventas solo se podra deducir en la declaracion anual de 2023 o los puedo deducir en los pagos provisionales en regimen resico pm?

el costo de venta por el inventario de 2021 lo debes de deducir en la declaración 2022, en los PP 2023 si aun sobrara inventario lo tienes que deducir hasta la siguiente declaración anual que se presenta 2024.

es algo injusto pero no ha salido ninguna regla al respecto.

Editado: Enero 27, 2023 16:53:16
 
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JVC_BT
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