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17/Feb/22 11:56
RETENCION DE IVA PM RESICO

amables foristas expongo esta duda

Una persona moral que en Diciembre era flujo de efectivo y ahora en 2022 es RESICO, en el mes de Diciembre retuvo IVA por honorarios , presenta el pago enero 2022 y ahora esa IVA retenido ya pagado de acuerdo a la Ley es acreeditable, mi pregunta es antes aparecían dos conceptos que se identificaban como otras cantidades a favor / a cargo, pero este formato al parecer no lo contiene

Además de que los datos se toma de los CFDI emitidos a partir de 2022

¿alguien que opine algo al respecto?

Gracias
 
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oziel
Capitán Segundo

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25/Ene/23 07:45
Re: RETENCION DE IVA PM RESICO

Alguien tuvo este tema y como lo resolvió?
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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