21/Nov/21 21:45
Cancelación de CFDi incobrable
Buen día amigos, pido su opinión respecto a un cliente que nos debe 2 CFDI de diciembre 2020 y 4 CFDi de enero 2021.
El cliente está ilocalizable y damos por incobrables estas facturas, ya que esta desaparecido del domicilio fiscal, no responde teléfonos ni correos. El monto total no rebasa los $50,000 pesos.
Tengo entendido que no es correcto emitir un CFDi de tipo egreso (nota de crédito) ya que éstos no cancelan CFDi de tipo ingreso.
Estoy analizando la opción de cancelar estos Cfdi, pero no se si tenga que presentar complementarias de 2020 y 2021 lo cual sería engorroso.
O bien hacer la estimación de cuentas incobrables y esperar 1 año para cumplir con el supuesto del art. 27 facc. XV inciso a) de la LISR para deducir estas cuentas incobrables. El problema que veo es poder notificar al cliente el aviso de deducibilidad para que ellos acumulen, ya que no tengo forma de localizarlo.
Les agradeceré sus opiniones.
LC Roberto García