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14/Jul/21 02:15
Arrendamiento puro pago inicial

Buenas tardes.

Tengo una compañía que adquirió un automóvil a través de arrendamiento puro, sin embargo, esta compañía al ser de 'reciente' creación le solicitaron hacer un depósito de $100,000 por concepto de Renta Extraordinaria, así viene la factura recibida del proveedor.

De acuerdo al segundo párrafo de la fracción XIII del artículo 28 de la LISR menciona que tratandose de automóviles, solo serán deducibles los pagos efectuados por el uso o goce temporal de automóviles hasta por un monto que no exceda de $200.00 diarios por automóvil.

Pero como pueden observar el pago inicial que se realizó supera el importe valido por el ejercicio es decir $200x365=$73,000, suponiendo que se tome el ejercicio completo, cuando en realidad la renta que se pagará mensualmente es de $8,000.

Alguien se ha encontrado en esta situación y cómo soluciono el problema para poder deducir lo más que se pueda de ese pago inicial.

De ante mano muchas gracias y saludos colegas.
 
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ReynosoJona
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14/Jul/21 09:34
Re: Arrendamiento puro pago inicial

Manejalo como anticipo y velo amortizando vs los pagos mensuales, reflejalo así en el contrato.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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14/Jul/21 11:06
Re: Arrendamiento puro pago inicial

Hola Reynoso:
esta compañía al ser de 'reciente' creación le solicitaron hacer un depósito de $100,000 por concepto de Renta Extraordinaria, así viene la factura recibida del proveedor.


Si es un depósito como sera el tratamiento, es decir, lo regresarán al final del contrato?
 
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CP_PACO
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14/Jul/21 11:27
Re: Arrendamiento puro pago inicial

Ok me parece buena idea lo que comenta, sin embargo, los meses posteriores se va a tener la factura mensual, por lo cual, se estaría duplicando el importe de la aplicación de renta dejando un efecto similar de no deducibilidad.

Así como el IVA, el flujo de efectivo se encontraría en el mes en que se pagó.

Gracias por su amable respuesta.
 
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ReynosoJona
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14/Jul/21 11:30
Re: Arrendamiento puro pago inicial

Hola Paco.

Es un depósito inicial por concepto de renta, es decir, como si se tratara de un 'enganche', como si se adelantarán unas 20 rentas, con la finalidad de tener acceso a la opción del arrendamiento puro .

Esto es aparte del depósito en garantía y la comisión por apertura.

Saludos
 
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ReynosoJona
Soldado

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14/Jul/21 15:54
Re: Arrendamiento puro pago inicial

Ok entonces te cobraron anticipadamente rentas como tal, tienes que cuidar el límite de deducibilidad anual en su caso
 
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CP_PACO
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18/Jul/21 17:47
Re: Arrendamiento puro pago inicial

Usualmente las Arrendadoras, cobran además de la renta normal, monitoreo satelital, mantenimiento, kilometraje extra, renta de Kit de herramienta, desgaste, etc. y así se amplían un poco mas la deducibilidad de la renta.
 
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legalgdl
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19/Jul/21 17:12
Re: Arrendamiento puro pago inicial

Usualmente las Arrendadoras, cobran además de la renta normal, monitoreo satelital, mantenimiento, kilometraje extra, renta de Kit de herramienta, desgaste, etc. y así se amplían un poco mas la deducibilidad de la renta.

Buena opción.
Solo revisando los conceptos facturados.
 
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vabdo
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21/Jul/21 14:58
Re: Arrendamiento puro pago inicial

Me han tocado al menos un par de casos en que las arrendadoras no hacen el detalle como tal de los conceptos lo que limita la deducibilidad al considerarse como renta.
 
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CP_PACO
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