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25/Ene/21 19:52
Re: INGRESOS POR SALARIOS Y POR INTERESES SE DEBE DECLAR EN ANUAL?

excelentes aportaciones Contas Paco y ers9727

me ampliaron mas el conocimiento y aclararon mis dudas...


gracias que tengan una bonita noche...
 
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alvadgelis
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25/Ene/21 19:53
Re: INGRESOS POR SALARIOS Y POR INTERESES SE DEBE DECLAR EN ANUAL?

En la parte del IVA el Art. 15 Fracc. de la LIVA menciona que Fracc. X'No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios...

X.- Por los que deriven intereses que:

b) Reciban o paguen las instituciones de crédito, las uniones de crédito, las sociedades financieras de objeto limitado, las sociedades de ahorro y préstamo y las empresas de factoraje financiero...
 
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CP_PACO
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25/Ene/21 19:58
Re: INGRESOS POR SALARIOS Y POR INTERESES SE DEBE DECLAR EN ANUAL?

Por ultimo si le firmaron pagares, entonces si esta excento del IVA? como lo explica, ers9727

Lo que el me explico que les firmo un contrato de interes mutuo y un pagare, hace un rato vino y me mostro los documentos, el credito que dio por decir mas alto a sus conocidos fue de $ 10,000.00 con interes del 4% mensual.

Por lo tanto estaria en supuesto por tener un titulo de credito firmado por el cliente de este contribuyente?
 
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alvadgelis
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25/Ene/21 20:08
Re: INGRESOS POR SALARIOS Y POR INTERESES SE DEBE DECLAR EN ANUAL?

Época: Décima Época
Registro: 2006637
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 06 de junio de 2014 12:30 h
Materia(s): (Civil)
Tesis: I.8o.C.15 C (10a.)
PAGARÉ. CONFORME AL PRINCIPIO PACTA SUNT SERVANDA, ES PROCEDENTE EL PAGO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO RESPECTO DE LOS INTERESES MORATORIOS GENERADOS, CUANDO DE SU TEXTO SE ADVIERTE EN CUALQUIER FORMA LA VOLUNTAD DEL DEUDOR EN ESE SENTIDO. De conformidad con los artículos 5o., 152 y 174 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, al intentarse la acción cambiaria directa pueden reclamarse las prestaciones que en el mismo documento se indican, esto es, el importe del pagaré, los intereses moratorios desde el día de su vencimiento, los gastos del protesto y los demás gastos legítimos que se hayan precisado en el documento, entre ellos, el pago del impuesto al valor agregado, cuando éstos han sido expresamente contemplados en el texto del propio documento; sin que el pacto sobre dicho impuesto dependa de determinada formalidad, pues conforme al principio pacta sunt servanda, contenido en el artículo 78 del Código de Comercio, en las convenciones mercantiles cada uno se obliga en la manera y términos que aparezca que quiso hacerlo, sin que la validez del acto comercial dependa de la observancia de formalidades o requisitos determinados. Así, tal obligación se desprende de la frase que dice «más los impuestos aplicables», como expresión consignada en ese título de crédito que indudablemente se refiere a la aceptación de esa carga tributaria.
Amparo directo 602/2013. Autofinanciamiento México, S.A. de C.V. 30 de octubre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: José Juan Bracamontes Cuevas. Secretario: César Cárdenas Arroyo.
Amparo directo 783/2013. Autofinanciamiento México, S.A. de C.V. 26 de febrero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. del Refugio González Tamayo. Secretario: Jesús Julio Hinojosa Cerón.
Esta tesis se publicó el viernes 06 de junio de 2014 a las 12:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
 
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CP_PACO
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25/Ene/21 20:10
Re: INGRESOS POR SALARIOS Y POR INTERESES SE DEBE DECLAR EN ANUAL?

Lo que el me explico que les firmo un contrato de interes mutuo


Cuando se pacta un acuerdo de este tipo con intereses para efectos del IVA se considera una prestación de servicios, porque se trata de una obligación de dar asumida por una persona en beneficio de otra (art. 14, fracc. VI, LIVA).

Artículo 14.- Para los efectos de esta Ley se considera prestación de servicios independientes:
VI.- Toda otra obligación de dar, de no hacer o de permitir, asumida por una persona en beneficio de otra, siempre que no esté considerada por esta Ley como enajenación o uso o goce temporal de
bienes.
 
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CP_PACO
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25/Ene/21 21:01
Re: INGRESOS POR SALARIOS Y POR INTERESES SE DEBE DECLAR EN ANUAL?

Hola buenas noches

Por ultimo si le firmaron pagares, entonces si esta excento del IVA? como lo explica, ers9727


Lo que el me explico que les firmo un contrato de interes mutuo y un pagare, hace un rato vino y me mostro los documentos, el credito que dio por decir mas alto a sus conocidos fue de $ 10,000.00 con interes del 4% mensual.

Por lo tanto estaria en supuesto por tener un titulo de credito firmado por el cliente de este contribuyente?



El compañero CP_PACO, según lo que indica como fundamentos señala que AUN FIRMADO UN TITULO DE CREDITO PROCEDE EL COBRO DE IVA e INCLUSO acompaña una sentencia.

Para empezar las Sentencias no son aplicables al resto de los contribuyentes. Solo para quien intervino la contienda y seguro la perdio por lo que se señala.

No todos caeriamos en las mismas circunstancias, es dificil saber como es que ellos SI pagan IVA. Hay muchas variantes que en la sentencia tendriamos que ver los antecedentes de su caso.

Pero insisto, esa sentencia no es aplicable al resto de los contribuyentes asi pongamoslo muy en duda si procede su aplicación Fue otro año, otra LIVA y otras circunstancias.

La que apelo por mi parte es lo referido DIRECTAMENTE EN LA LIVA en tiempos recientes y se señala como sigue:

Artículo 15 LIVA.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:

X.- Por los que deriven intereses que:

...

f) Deriven de obligaciones emitidas conforme a lo dispuesto en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.



El caso que expones alvadgelis, observo que PUDIERAMOS no aseguro, pudiéramos considerar al NO PAGO DE IVA, siempre y cuando se cumpla lo siguiente:

1.- El contrato o mutuo se vincule exclusivamente a un servicio de financiamiento (un préstamo) y donde se deriven el cobro de intereses, en función a un pagaré (que es un titulo de crédito)

2.- El contrato no debe vincularse a transacciones u operaciones que proceden acumularse al régimen de actividad empresarial, honorarios o arrendamientos. De lo contrario causarían IVA con todo contrato y también el pagare u otro titulo de crédito.
La razón de lo anterior, es que los intereses forman parte como UN ACCESORIO. Tan solo debe generarse de actividades financiamiento de capitales CATEGORICAMENTE

3.- Existe la máxima y fuente de derecho universal
'El accesorio sigue la suerte del principal'. Lo que quiere decir, si la venta O INGRESO /honorario/ renta lleva iva GRAVADA.... los intereses que se cobren por ellos deberán gravar IVA....

SI EL PRINCIPAL se traslada SIN COBRO DE IVA... pues sus INTERESES no llevarían IVA Jamás he visto cobro de IVA a los prestamos.

Ahora si vemos la importancia de este PRINCIPIO GENERAL DEL DERECHO. El cual nos sirve para lograr una interpretación mas acertada sobre las disposiciones fiscales y cualquier articulo.


4.- Supongo que fue que así como se basó la sentencia del compañero CP_PACO, habría que ver sus antecedentes. No señalo que este equivocada la sentencia. Pero si es importante conocer a que tipo de principal es que se genera los intereses para comprender de manera clara sin lugar a duda y además requerimos ver cuando se reformo en LIVA el articulo 15 fracción X, inciso f). De ahí que las sentencias no les aplican a todos.

Siempre hay que tenerles mucha reserva a las sentencias, no son inapropiadas, pero tenemos que leer a profundidad sus antecedentes muy minuciosamente, para ver si nos aplica a cada una de estas circunstancias, tantita variación, es muy probable que no sea equiparable a nuestro caso concreto.

5.- La LIVA es claro que no hay cobro de IVA conforme al articulo 15 fracción X inciso f) y a la ley va primero que cualquier SENTENCIA. La sentencia es una ley exclusiva a quien se le remite la resolución. No existen sentencias para todos los demás. Incluso las leyes también contienen EXCEPCIONES. La que señalo para este tópico es la del inciso f).... así como existen otras 9 excepciones mas.

La LEY ES DE APLICACION GENERAL es decir para TODOS. Pero no a todos nos toca el mismo 'KITS' o paquetes de leyes, según nuestro caso, nos tocan algunas y a otros otro paquete.

6.- No ratifico al 100% tener la razón, porque no conozco al 100% los antecedentes, solo se ha señalado que al parecer si pudiera o pareciera que procede el NO COBRO DEL IVA, conforme se ha señalado.

Saludos


Editado: Enero 25, 2021 21:13:29
 
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ers9727
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25/Ene/21 21:09
Re: INGRESOS POR SALARIOS Y POR INTERESES SE DEBE DECLAR EN ANUAL?

Cuando se pacta un acuerdo de este tipo con intereses para efectos del IVA se considera una prestación de servicios, porque se trata de una obligación de dar asumida por una persona en beneficio de otra (art. 14, fracc. VI, LIVA).

Artículo 14.- Para los efectos de esta Ley se considera prestación de servicios independientes:
VI.- Toda otra obligación de dar, de no hacer o de permitir, asumida por una persona en beneficio de otra, siempre que no esté considerada por esta Ley como enajenación o uso o goce temporal de
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25/Ene/21 21:17
Re: INGRESOS POR SALARIOS Y POR INTERESES SE DEBE DECLAR EN ANUAL?

Esa parte de la LIVA es GENERAL obvio grava a la tasa genérica. No hay duda alguna.

Pero luego hay excepciones articulo 15 fracción X y aquí hay 10 excepciones
 
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ers9727
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25/Ene/21 21:21
Re: INGRESOS POR SALARIOS Y POR INTERESES SE DEBE DECLAR EN ANUAL?

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25/Ene/21 21:21
Re: INGRESOS POR SALARIOS Y POR INTERESES SE DEBE DECLAR EN ANUAL?

3.- Existe la máxima y fuente de derecho universal
'El accesorio sigue la suerte del principal'. Lo que quiere decir, si la venta O INGRESO /honorario/ renta lleva iva GRAVADA.... los intereses que se cobren por ellos deberán gravar IVA....

SI EL PRINCIPAL se traslada SIN COBRO DE IVA... pues sus INTERESES no llevarían IVA Jamás he visto cobro de IVA a los prestamos.

Ahora si vemos la importancia de este PRINCIPIO GENERAL DEL DERECHO. El cual nos sirve para lograr una interpretación mas acertada sobre las disposiciones fiscales y cualquier articulo.


Los prestamos no son materia de gravación al IVA



Si son una prestación de servicios independientes.

Pero veamos, un banco NUNCA COBRA IVA INTERESES POR PRESTAMOS es el inciso b)

Me prestan dinero y el dinero no lleva IVA (el principal) cuando cobren intereses (no llevaran IVA)

Es exactamente lo mismo para el inciso f), y otros mas que aquí se encuadran en los exentos


el secreto es que TE HACEN O SE IMPLEMENTA FIRMAR UN PAGARE


ES CONTRATO MUTUO SIN PAGARE.... si gravaria IVA


Editado: Enero 25, 2021 21:38:52
 
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