LAS COMPRAS NO PAGADAS DEDUCIBLES EN LA DECLARACION ANUAL PERSONAS MORALES?
BUENAS TARDES. ME PODRÍAN APOYAR ACLARANDOME UNA DUDA? SE TRATA DE QUE SI AL MES DICIEMBRE TENGO COMPRAS NO PAGADAS,ÉSTAS LAS PUEDO DEDUCIR? SE TRATA DE UNA PERSONA MORAL?
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10/Dic/20 15:31
Re: LAS COMPRAS NO PAGADAS DEDUCIBLES EN LA DECLARACION ANUAL PERSONAS MORALES?
En el caso de una PM del régimen general la deducción de las compras es vía costo de ventas, en otras palabras, el costo se deduce en el ejercicio en el que se acumulen los ingresos que se deriven de la enajenación de los bienes de que se trate no importando si la compra aun no ha sido pagada.
Para la determinación del costo de venta hay que remitirnos al RLISR, Artículo 69G
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
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10/Dic/20 16:26
Re: LAS COMPRAS NO PAGADAS DEDUCIBLES EN LA DECLARACION ANUAL PERSONAS MORALES?
Hola buenas tardes:
Depende del titulo donde tribute la persona moral y a donde se destinan las deducciones.
T-II se pudiera deducir solo si van cargados gastos (generales, administración, venta ) siempre y cuando no sean de TIII o personas físicas. Se deducirían estos últimos gastos de personas provenientes al T-III así como de personas físicas, al momento de que se satisfaga la extinción de las obligaciones a entera satisfacción de los proveedores
T-II si se cargan a inventarios, se deducen cuando son enajenados, como ya se anticipo, bajo la vía costo de ventas.
T-III nunca serán deducibles, si no hasta el momento en que sean liquidados estos pasivos.
Saludos cordiales
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
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10/Dic/20 16:27
Re: LAS COMPRAS NO PAGADAS DEDUCIBLES EN LA DECLARACION ANUAL PERSONAS MORALES?
Hola buenas tardes:
COMPRAS NO PAGADAS
Si se trata de compras, se supone que no se deducen; hasta venderse los inventarios. Sin importar que todavía no se paguen las facturas de los proveedores. Como ya se señalo, se deduce vía costo de ventas
Ver articulo 27 LISR
A las personas morales a las que se refieren las fracciones VI, X, XI, XX, y XXV del artículo 79 de esta Ley y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 82 de la misma Ley.
A las personas morales a que se refieren los artículos 79, fracción XIX y 82 de esta Ley.
A las entidades a las que se refiere el artículo 82 de esta Ley.
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10/Dic/20 16:33
Re: LAS COMPRAS NO PAGADAS DEDUCIBLES EN LA DECLARACION ANUAL PERSONAS MORALES?
Lara: En complemento, dentro de los criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales, un soporte para la deducción del costo de ventas en el ejercicio en el cual se acumulan los ingresos que derivan de la enajenación de los bienes de que se trate.
38/ISR/NV Determinación del costo de lo vendido para contribuyentes que realicen actividades comerciales que consistan en la adquisición y enajenación de mercancías.
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