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19/Nov/20 17:00
Re: Maquinaria para sector agrícola
icadena
ARTICULO 9. Para los efectos del artículo 2o-A, fracción I, inciso e) de la Ley, se aplicará
la tasa del 0% a la enajenación de la maquinaria y del equipo que tengan una denominación
distinta a la mencionada en el citado precepto, siempre que su función cumpla
exclusivamente con los supuestos previstos en dicho artículo, conserven su carácter
esencial y no puedan ser destinados a otros fines.
RLIVA
Lo ideal es que el cliente te manifestara en una carta que le dara el uso especificado en el art. 2-a y obviamente que sea sus actividades sean las que indican las fracciones III a la VI del articulo 16 CFF o sean parte de su proceso.
Ok, seguire sus recomendaciones. Una pregunta, que pasa si se factura al 16% y era tasa 0%? me refiero fiscalmente. Me refiero a que si hay duda, es mejor facturar al 16%?
Postura conservadora en caso de no cumplir con la LIVA es facturar al 16%, el detalle es por el precio para el cliente que quizás este contemplando un precio comercial de la maquinaria sin considerar temas de IVA.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale