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03/Jul/20 13:43
Devolucion - Constancia Retenciones

Buena tarde, fue rechazada la devolucion, es PF Arrendamiento.
Solicitan la constancia de retenciones.
Es valido aun solicitarla al cliente?
 
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hm
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03/Jul/20 14:12
Re: Devolucion - Constancia Retenciones

Con fundamento en el Art. 116 de la LISR... Las Personas Morales si están obligadas a proporcionar comprobante por las retenciones efectuadas salvo que la persona física opte por considerar como constancia los CFDI´s emitidos.

Cuando los ingresos a que se refiere este Capítulo se obtengan por pagos que efectúen las personas morales, éstas deberán retener como pago provisional el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los mismos, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes comprobante fiscal en el que conste el monto del impuesto retenido; dichas retenciones deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 96 de esta Ley. El impuesto retenido en los términos de este párrafo podrá acreditarse contra el que resulte de conformidad con el segundo párrafo de este artículo.

Las personas morales obligadas a efectuar la retención podrán optar por no proporcionar el
comprobante fiscal a que se refiere el párrafo anterior, siempre que la persona física que haya otorgado el uso o goce temporal de bienes les expida un comprobante fiscal que cumpla con los requisitos a que se refieren los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y en el comprobante se señale expresamente el monto del impuesto retenido.
En este caso, las personas físicas que expidan el comprobante fiscal podrán considerarlo como comprobante de retención del impuesto y efectuar el acreditamiento del mismo en los términos de las disposiciones fiscales. Lo previsto en este párrafo en ningún caso libera a las personas morales de las obligaciones de efectuar, en tiempo y forma, la retención y entero del impuesto y la presentación de las declaraciones informativas correspondientes, en los términos de las disposiciones fiscales respecto de las personas a las que les hubieran efectuado dichas retenciones.
 
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09/Jul/20 19:28
Re: Devolucion - Constancia Retenciones

Hola, lo que yo he realizado cuando piden las constancias de retención, anexo los PDF y XML de las facturas de los ingresos del año, y el estado de cuenta bancario reciente.
Si la devolución es de 2016 si requieres la constancia de retención.

Saludos
Alicia
 
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aliciapg
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