15/Ene/20 16:38
Re: RIF UBER COMPRA DE AUTO
ZAMAHEIDI, no soy experto en RIF ni de la nueva seccion que añadieron a la LISR, pero de acuerdo a las disposiciones transitorias, este se empezarian a pagar hasta que entren en vigor dichas disposiciones, es decir, hasta junio del 2020, si estan en RIF, deben pagar en ese regimen hasta entonces.
En cuanto a lo del carro y el prestamo, estos no se declaran, al no ser un ingreso, al menos que excedan 600,000 en el año, se declararian de manera informativa en la anual. De acuerdo al parrafo sexto del articulo 111, los activos se deducirán conforme se vayan pagando, sin embargo en el tema de IVA, aqui depende si se adquirio a traves de credito automotriz o si se esta pagando en parcialidades, en el primero caso, se acreditaria el total de la operacion desde que se adquiere, en el segundo, por cada pago efectuado.
Saludos