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22/Nov/19 14:31
VENTA DE CASA EN EFECTIVO

Buen dia, un ama de casa va vender su casa habitacion en 1.2mdp, el prominente comprador pretende pagar en efectivo, la ama de casa pretende meter el dinero a una cuenta de ahorros que tiene.


Segun mi apreciacion, la vendedora no tendria problema debido a que ella se amparara con su documento notarial, asi mismo debera informar en una declaracion anual en donde le retienen la cantidad de impuestos respectivos, se supone que el banco no tendria problemas en recibir esta cantidad de dinero con estos respaldos...cierto?

Las limitantes de la ley de lavado de dinero en realidad le pueden traer problemas siendo que ella solo esta vendiendo? (esto me hace ruido)

El notario es quien debe de recabar la informacion para sustentar que los recursos no fueron obtenidos ilicitamente.

Pudieran ayudarme a saber si algo se me escapa o que situaciones pudiera tener en el futuri?
 
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elvicentiko
Cabo

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24/Nov/19 01:35
Re: VENTA DE CASA EN EFECTIVO

El tema es la Ley Anti Lavado, esa ley la obliga a ella a identificar al comprador y si el dinero es de él o fondea otra persona, las obligaciones que tiene el notario no la deslindan a ella.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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24/Nov/19 02:53
Re: VENTA DE CASA EN EFECTIVO

Recuerda que no se puede aceptar pagos en efectivo tratandose de compraventa de inmuebles cuando estos rebasen los 8025 UMA. Lo restante necesariamente tendra que ser atraves del sisema financiero

Saludos
 
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NicolasCastilloPerales
Mayor

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24/Nov/19 11:22
Re: VENTA DE CASA EN EFECTIVO

Yo, ni siquiera me voy a 'molestar' en ver que dicen las leyes al respecto, habiendo tanta tecnología bancaria manejar estas cantidades en efectivo son sospecha clara de que algo no anda bien, independientemente de lo que digan las leyes,.
Saludos.

Editado: Noviembre 24, 2019 19:46:03
 
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federico_
Capitán Primero

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24/Nov/19 13:49
Re: VENTA DE CASA EN EFECTIVO

Entiendo, muchas gracias por sus comentarios.
 
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elvicentiko
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25/Nov/19 14:19
Re: VENTA DE CASA EN EFECTIVO

Según el articulo 32 fracción 1 de la ley anti lavado:
I. Constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles por un valor igual o superior al equivalente a ocho mil veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;


Te recomiendo no superar ese tope para el manejo del efectivos ya que tu notario podría mandar un aviso de ley antilavado con alerta de tu operacion a la UIF, saludos!
 
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MarioChaso1
Cabo

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