03/Oct/19 11:07
Servicio de comedor vs Vales de Restaurantes
Colegas, buen día.
Una empresa cuenta con servicio de comedor en la matríz, sin embargo, no es posible tenerlo en una sucursal de otra ciudad, por lo que se evalúa la posibilidad de que a esos empleados se les entregue el mismo importe que la empresa eroga por el servicio de comedor para los empleados de la matríz, en vales de restaurante. De lo anterior me surjen algunas interrogantes:
- ¿Es posible hacerlo? a unos dar comedor y a otros vales de restaurante, por lo que menciona la fracción XXI del art. 28.
- ¿El tratamiento en ambos casos es exactamente igual?
- Para efectos de LISR, ¿se les da el tratamiento de 'comedor' y les aplica entonces también lo dispueto en la fracción XXI del art. 28?
- ¿También se les tiene que retener un 20% para que no integre para IMSS?
- La prestación de comedor no se timbra en el CFDI de nómina, ¿en el caso de los vales de restaurantes se deberían de timbrar?
- La prestación de comedor no se considera para el tope de previsión social (LISR art. 93 último y penúlimo párrafo) pues no es algo que reciba el empleado efectivamente, ¿los vales de restaurante sí se deberían de considerar?
Cualquier comentario adicional se agradece.