17/May/19 19:35
Retención de IVA a un Servicio 'Personal' Independiente
Buena tarde.
Soy una P.F. con Actividad Empresarial y Profesional, presto servicios de limpieza y servicios de administración a distintas Personas Morales, para dicho servicio mis trabajadores acuden a las instalaciones (en el caso del servicio de limpieza) y en mis oficinas mi personal realiza la administración, yo les cobro a mis clientes por el servicio de limpieza y por el servicio de administración y a mis trabajadores yo les pago su sueldo. Mis dudas son las siguientes:
La primera: ¿Mi servicio de limpieza y administración es actividad gravable de IVA?
La segunda: ¿La personal moral me debe de retener las 2/3 partes del IVA?
Se que en estricta teoría mi servicio de limpieza y administración es un Servicio Personal Independiente, por lo que según el art. 3 RLIVA me deben de retener las 2/3 partes del impuesto, pero realmente mis trabajadores son quienes realizan las actividades de limpieza y el servicio de administración, entonces a mi interpretación, sería más una prestación de personal (subcontratación), pero si es así, entonces mis servicios tampoco serían una actividad gravada por el IVA, si es así, entonces no se efectuarían las retenciones de IVA.
Agradecería mucho sus comentarios ya que un cliente P.M. me pide que la factura no venga con retencion de IVA y no se que interpretación sea la correcta.
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zeltzin_cp
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19/May/19 21:07
Re: Retención de IVA a un Servicio 'Personal' Independiente
Que tal
En cuanto al servicio de limpieza, al momento de no ser tu quien brinde el servicio, sino tus trabajadores, el servicio es comercial y por lo tanto no es objeto de retencion
En cuanto a los servicios administrativos; tienes que identificar si los servicios que prestas son propios de aquellos que el codigo civil identifica como que requieren titulo profesional para brinsarlos, en caso de serlos, aplicaria retencion, pero solo por esta contraprestacion
Por otra parte yo no lo clasificaria como outsourcing, sino como una prestacion de servicios comercial, mas que todo por la carga administrativa que implicaria si lo consideran outsourcing
En todo caso, ambas actividades estan gravadas a la tasa general
Saludos
Editado: Mayo 19, 2019 21:13:08
Editado: Mayo 19, 2019 21:19:03
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NicolasCastilloPerales
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20/May/19 09:19
Re: Retención de IVA a un Servicio 'Personal' Independiente
La primera: ¿Mi servicio de limpieza y administración es actividad gravable de IVA? Totalmente.
La segunda: ¿La personal moral me debe de retener las 2/3 partes del IVA? ¿En que consisten los servicios de administración prestados a las personas morales?
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CP_PACO
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20/May/19 15:12
Re: Retención de IVA a un Servicio 'Personal' Independiente
Los servicios de administración consisten en llevar el cobro y control de las cuotas de mantenimiento, conseguir los proveedores de servicios de mantenimiento propios de un condominio y el pago de dichos servicios, y la elaboración de reportes mensuales.
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zeltzin_cp
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20/May/19 16:13
Re: Retención de IVA a un Servicio 'Personal' Independiente
Nicolas, muchas gracias por tu apoyo, me ha servido de mucho tu respuesta.
Saludos.
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zeltzin_cp
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20/May/19 16:34
Re: Retención de IVA a un Servicio 'Personal' Independiente
Retención de IVA: No procede por servicios prestados como actividad empresarial
Los servicios sujetos a retención son los que tengan característica de personal.
Este criterio es compartido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y está plasmado en la Compilación de Criterios Normativos 2009, codificado con el número 84/2009/IVA.
http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Informacion&sop=viewArt&id=3280
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CP_PACO
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