estoy tratando de realizar mi declaración del mes de abril 2019, y quiero aplicar estimulo carretero pero me sale en gris (quiero decir que no puedo aplicar nada)
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17/May/19 08:55
Re: Estimulo Fiscal Diesel y Carretero
Chequen como están dados de alta ante el RFC ya que la limitación del crédito se aplica para el estímulo previsto en la fracción V del Artículo 16, consistente en el acreditamiento del 50% del gasto por pago de cuotas carreteras, para personas dedicadas exclusivamente al transporte terrestre público y privado de carga o pasaje y turístico, de la Red Nacional de Autopistas de Cuota, por lo que este crédito únicamente podrá aplicarse contra el ISR del ejercicio.
Es decir si no están dados de alta como transportistas no pueden aplicar el estimulo, lo pueden hacer con una reimpresión de su cédula fiscal
''CANEK DIJO: - CUANDO VINO LA PALABRA, NO VINO SOLA; VINO ACOMPAÑADA DE SU ECO''
Ya tengo una respuesta por parte de la autoridad, con respecto al bloqueo de los campos de subsidios al Diésel y a la infraestructura carretera, estos seguirán aplicando, solo hay un cambio de posición dentro el DyP, Este sera en el apartado de Otros estímulos fiscales, colocaremos la cantidad de nuestro estimulo y posteriormente llenaremos una ventana extra al estilo de compensación o acreditamiento de algún impuesto, señalando de donde proviene el estimulo y la cantidad a aplicar, con esto neteara las cantidades a pagar.