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08/Abr/19 19:05
AMPLIACION DE DEMANDA EN MATERIA FISCAL

Buenas tardes,
Interpuse un juicio contencioso administrativo en contra de IMSS por una reclasificación de la prima de riesgos de trabajo.
Mis agravios eran porque el consejo consultivo sobresee mi recurso de inconformidad aduciendo que no existe el acto impugnado.
En mi demanda yo hago valer agravios de notificación de resolución del escrito de inconformidad, y otros en relación a que el acto impugnado existe pero tiene otro numero de folio. O sea, la rectificación para el año 2017 es la que se impugna, independientemente del oficio que la contenga.
Al dar contestación a la demanda, la autoridad se enfoca solo en decir que la notificación estuvo bien echa y no contraviene ninguno de los agravios, solo que si se notificó y se basa en jurisprudencias para fundamentar la legalidad de la notificación. Dice que los hechos son parcialmente ciertos, pero hasta ahi. Y que el acto impugnado no existe por lo cual se debe sobreseer el juicio contencioso.

Mi pregunta es:
Es común que esto haga el IMSS?
Es conveniente ampliar la demanda y aducir que debió dar contestación a los agravios expuestos?, o no ampliar la demanda y dejar que lleve su curso.

De antemano gracias,

ANA
 
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LicAnaN
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09/Abr/19 12:07
Re: AMPLIACION DE DEMANDA EN MATERIA FISCAL

Hola Buenos Días

Normalmente cuando interpones un medio de defensa contra el IMSS, en la mayoría de los casos el Instituto va a manifestar en la respuesta del recurso ' que no existen créditos fiscales' y por ende debes continuar el ciclo de la defensa.

Ya que si bien es cierto existe la notificación y oficio de la reclasificación y esta independientemente de la notificación resulta que no es correcta, dado que la clasificación actual si lo es, le corresponde a la autoridad la carga de la prueba.

Si la respuesta en el contencioso es parcialmente y aun así niegan los créditos, debes impugnar esa resolución para que se revisen debidamente, como experiencia normalmente siempre se conducen así, pero eso nos ayuda a obtener la sentencia favorable ya que si existen actuaciones de la autoridad aunque lo nieguen pero lo importante en tu caso, debe ser desvirtuar que tu clasificación es correcta.


Saludos
 
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FISCIVAN11
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09/Abr/19 15:19
Re: AMPLIACION DE DEMANDA EN MATERIA FISCAL

Gracias por la respuesta.

A juicio, hay necesidad de ampliar la demanda, o dejo que ya se vaya el TFJFA al fondo del asunto?
La autoridad demandada (IMSS) no entra a revertir ninguno de los agravios hechos valer en la demanda inicial. Solo dice que se debe sobreseer el juicio contencioso y se enfoca en que fue notificado correctamente.
Pero en mi demanda yo no solo me fui en contra de la notificación, yo fui al fondo del asunto.
Lo que pasa es que interpuse un escrito de desacuerdo en contra de la rectificación de la prima, y en lugar a esperarme a que se resolviera, pasados 3 meses interpuse un recurso de inconformidad, y a los 7 días me llega respuesta del escrito de desacuerdo, dejando sin efectos el folio para emitir otro en el mismo sentido pero con diferente folio. Y presente esa respuesta como prueba superveniente (en lugar de haber presentado otro recurso de inconformidad).
El recurso de inconformidad se sobresee por 'no existir el acto impugnado' y yo interpongo juicio contencioso en contra de esa resolución.
Al dar contestación a la demanda, la autoridad solo alega y responde a cerca de la notificación, pero nunca se va a contestar mis agravios.

Amplio mi demanda o dejo que siga el juicio?

Gracias,
 
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LicAnaN
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11/Abr/19 19:20
Re: AMPLIACION DE DEMANDA EN MATERIA FISCAL

Por lo que comentas, no hay adecuación a los supuestos que te permiten formular ampliación de demanda, ya que la causal de sobreseimiento es por inexistencia de la resolución impugnada y no por extemporaneidad, y no te está dando a conocer hechos nuevos; el hecho de que no se pronuncie sobre tus conceptos de impugnación en su contestación, no es causal para ampliar ni se le puede obligar a la Autoridad, al contrario, creo que te beneficia, es un tipo de allanamiento a tus pretensiones.

Considero que lo ideal era haber presentado una segunda demanda en contra de la nueva resolución que emitió la autoridad, pues la primera fue dejada sin efectos por la propia autoridad

Revisa si aún estás dentro de los 30 días a que te fue notificada la segunda resolución y presenta una demanda nueva, para evitar que se considere un acto consentido, pues corres el riesgo de que se sobremesa el juicio por lo que ve a la primer resolución, ya que esta fue dejada sin efectos por la autoridad.



Saludos!!
 
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legalgdl
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12/Abr/19 16:51
Re: AMPLIACION DE DEMANDA EN MATERIA FISCAL

Gracias.
Entiendo que la ampliación, como se indica en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso, es solo en los supuestos del articulo 16, o sea en caso de no conocer la resolución. En este caso concreto entiendo no aplica ampliar mi demanda.

También entiendo que el hecho de que la autoridad demandada no haya revertido mis agravios, no significa que ya gane la nulidad, significa que el Tribunal entrara al estudio. Esto es, le suplen a la autoridad demandada. Lo cual no considero justo, pero es ley.

Gracias, estaba algo confundida, ya empiezo a comprender mejor el asunto.

Saludos,

Editado: Abril 15, 2019 12:06:31
 
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LicAnaN
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