08/Nov/18 17:45
CFDI POR INTERESES FONDO DE AHORRO
Reciban un cordial saludo, solicitando su valioso apoyo con la siguiente consulta:
En la Guía de Llenado de los CFDI de Nómina, en el Apéndice 3 de Preguntas y respuestas sobre el Complemento de nómina versión 1.2, la respuesta a la pregunta 24 señala en el segundo párrafo, lo siguiente:
'Al momento de percibir el monto ahorrado y los intereses, el pagador de éstos debe expedir un CFDI por este concepto, es decir por intereses, ya que se trata de estos y no de un sueldo, salario o ingreso asimilado a estos'.
En la empresa, lo referente al fondo de ahorro (el descuento al trabajador y su correspondiente prestación por parte de la empresa) se timbra cada quincena con el complemento de nómina.
Se tiene otra empresa que administra el fondo de ahorro y es quien paga el retiro anual (ahorro e intereses generados), por lo que, la empresa que administra el fondo, es la que realiza el timbrado de los intereses.
Mi duda radica en que esta empresa, que administra el fondo, es quien realiza dicho timbrado
sin el complemento de nómina, porque no son trabajadores de esta razón social (una A.C.).
¿Podrían hacerme sus observaciones al respecto?, es decir, ¿estoy dando una interpretación correcta, en cuanto a quien timbra y si debo o no incluir el complemento de nómina ?
Les agradezco de antemano sus comentarios.