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08/Jun/18 16:10
DEDUCCIÓN DE AUTOMOVILES

Hola, soy estudiante de la Facultad de Contaduría, hace unos días me metí a trabajar en un despacho donde el contador aveces me hace algunos ejercicio los cuales debo resolver por mi cuenta por medio de investigaciones en libros o en la red.
El día de ayer me enseño la deducción de automóviles de una manera muy general y me pidió que investigara que pasa si adquiero un automóvil con valor de 290,431 mas IVA, ¿cuanto voy a poder deducir de este vehículo y de los gastos relacionados con el mismo? , pero después me dijo que el automóvil había sido comprado a crédito en al año 2016, pero en este año el régimen de la persona no le permitía deducir el carro, en 2017 esta persona cambia de régimen y ahora si puede hacer deducible el automóvil, ahora mi pregunta es ¿el carro es deducible completo o solo una parte? ¿que pasa con el IVA?
Les agradecería su ayuda, gracias
 
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luis_garcia
Soldado

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13/Jun/18 10:42
Re: DEDUCCIÓN DE AUTOMOVILES

Que tal Luis,

Lo primero que debes tener en cuenta es el porcentaje máximo de deducción y el importe deducible de los automóviles establecidos en la LISR.
El porcentaje máximo de deducción para automóviles es de 25% ANUAL, mientras que el tope máximo de deducción de automóviles es de $175,000.00.
Primeramente debes saber que de tu automóvil sólo podrás deducir $175,000.00 y el resto ($115,431.00) son no deducibles. En cuanto al IVA, la Ley de este impuesto te menciona que sólo será acreditable el impuesto pagado en deducciones deducibles para ISR, por lo que sólo podrás acreditar el IVA de $175,000.00 como máximo y la diferencia, será un IVA no acreditable.

Con respecto a lo del régimen, la Ley te menciona que se pierde el derecho de deducir lo que te correspondía en un ejercicio SÍ DECIDES deducirlo en el ejercicio siguiente, sin embargo en tu ejemplo no fue elección del contribuyente, por lo que la deducción procedería en 2017 como primer ejercicio, según mi criterio.

De igual forma te invito a que consultes el capítulo II, sección II de la LISR vigente, así como sus artículos correlativos del RISR y las reglas aplicables de la RMF para 2018.

Saludos
 
'La duda no es sinónimo de inseguridad, pero sí es indicio de sabiduría'
 
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carlos17tello
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13/Jun/18 11:24
Re: DEDUCCIÓN DE AUTOMOVILES

Buenas tardes

De igual manera, los gastos por mantenimientos, combustibles, etc serán deducibles en la proporción en que el automóvil sea deducible.


Ojo el límite de deducción no aplica en camionetas pick up
 
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oziel
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