Tengo un tema sobre seguro de daños, soy persona moral y me pagaron seguros por daños a mi infraestructura ocasionados por los sismos de septiembre del 2017.
Ahora bien dichos ingresos no los acumule para efectos del ISR , porque de forma inmediata se realizaron las reparaciones.
pero la duda es para efectos del IVA, estos gastos erogados por dichas reparaciones si son deducibles, pues reúnen todos los requisitos fiscales.??
Si alguien pudiera comentar algo al respecto. les agradeceré.