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24/Ene/18 10:12
APLICATIVO SUBCONTRATACIÓN SAT

Buen día,
Alguno de ustedes sabe cual es la fecha límite para presentar la información de subcontratación correspondiente a 2017 mediante el aplicativo del SAT?
saludos
 
Es tan vana la esperanza de que se llegará sin trabajo y sin molestia a la posesión del saber y la experiencia, cuya unión produce la sabiduría, como contar con una cosecha donde no se ha sembrado ningún grano.
 
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cp_enrique
Subteniente

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24/Ene/18 20:20
Re: APLICATIVO SUBCONTRATACIÓN SAT

Buenas noches.
http://imcp.org.mx/wp-content/uploads/2018/01/Folio-12.-Aplicativos-de-Subcontrataci%C3%B3n-Laboral.pdf

Artículo 32. ………………………………………………………………………………….
VIII. Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el impuesto al valor agregado, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información. Tratándose de operaciones de subcontratación laboral, el contratista deberá informar al citado órgano administrativo desconcentrado la cantidad del impuesto al valor agregado que le trasladó en forma específica a cada uno de sus clientes, así como el que pagó en la declaración mensual respectiva.
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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25/Ene/18 15:28
Re: APLICATIVO SUBCONTRATACIÓN SAT

Gracias por tu respuesta Allende, pero como le hacía en 2017 para cumplir si el aplicativo no estaba disponible?
saludos
 
Es tan vana la esperanza de que se llegará sin trabajo y sin molestia a la posesión del saber y la experiencia, cuya unión produce la sabiduría, como contar con una cosecha donde no se ha sembrado ningún grano.
 
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cp_enrique
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12/Feb/18 10:45
Re: APLICATIVO SUBCONTRATACIÓN SAT

Hola Enrique, esto es lo que dice el 5o Párrafo del Comunicado del SAT al respecto:

'Para aquellos contribuyentes que durante 2017 tenían estas obligaciones, al optar por utilizar las aplicaciones de subcontratación para el ejercicio 2018 tendrán por cumplido el ejercicio de 2017, para aquellos contribuyentes que durante 2018 no tendrán subcontratación podrán optar por presentar el “Aviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio 2017” a más tardar el 28 de febrero.'
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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21/Ene/19 08:44
Re: APLICATIVO SUBCONTRATACIÓN SAT

Buen dia a todos
Una pregunta

El aplicativo para subcontratacion, es obligatorio o puedo seguir recibiendo copias de los documentos? para este año 2019.

Gracias por sus aportaciones.
saludos
 
.
 
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PWCGLOBAL
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21/Ene/19 09:17
Re: APLICATIVO SUBCONTRATACIÓN SAT

PWC: La regla 3.3.1.44 de la RM 2018 otorga a los contribuyentes (contratantes y contratistas) la opción de utilizar el aplicativo de subcontratación y así dar por cumplidas las obligaciones referidas, en su defecto y de manera conservadora los contratistas pueden presentar la información al SAT utilizando un escrito libre.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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21/Ene/19 18:36
Re: APLICATIVO SUBCONTRATACIÓN SAT

Gracias CP PACO

En 2018, me entregaban copias (scan) de los documentos, para 2019 puedo seguir recibiendo estas copias?
para yo validar que si presentan y pagan estos documentos.

gracias
 
.
 
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PWCGLOBAL
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22/Ene/19 16:56
Re: APLICATIVO SUBCONTRATACIÓN SAT

Y en el caso de aquellos que no subieron la información al 'Aplicativo' en 2018 y en 2019 ¿sigue la opción o tendrá que solicitarse a ese contribuyente toda la documentación física 2017 y 2018?
 
 
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neonato
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