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28/Dic/17 15:55
Deducción Dinero Ingreso por Robo PF

Buenas tardes estimados:

En relación al artículo 25 Fc V las PM pueden deducir el dinero sustraído por motivo de robo o fraude, y en un criterio normativo nos marcan requisitos, siendo el que este la denuncia y el auto de radicación y que las cantidades que se pretendan deducir hayan sido acumuladas para efectos de LISR.

En el caso de las Personas Fisicas, hay alguna figura similar, ya que dentro de las deducciones (art. 103) no encontré una fracción similar a la fracción V del articulo 25 (Deducciones PM).

Agradezco de antemano su valioso apoyo!

Editado: Diciembre 28, 2017 15:55:40
 
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auditormx
Sargento Segundo

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31/Dic/17 12:36
Re: Deducción Dinero Ingreso por Robo PF

Buenas tardes.
Es deducible para ISR. para PF y PM
Cuando un contribuyente sufre la pérdida de dinero en efectivo por causa de un robo o fraude, podrá deducirlo para efectos del ISR, con fundamento en el Art. 25, fracción V, las pérdidas por caso fortuito o fuerza mayor se consideran como una deducción autorizada.
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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