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14/May/17 02:00
Re: DyP MES ABRIL 2017
Hola Rosa00:
No se si lo siguiente es lo que estas preguntando.......????:
¿En qué campo de la sección del ISR PERSONAS FÍSICAS. ACTIVIDAD
EMPRESARIAL Y PROFESIONAL de la nueva versión del Servicio de
Declaraciones y Pagos (Pago Referenciado,) personas físicas, se pueden capturar
las pérdidas de ejercicios anteriores?
Respuesta.
El importe que corresponda a las pérdidas fiscales de años anteriores pendientes
de amortizar, se debe capturar en el campo: “Compras y gastos del periodo que
declara”.