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28/Mar/17 18:04
Ambiguedad Anexo 20 - Quién debe de emitir el CFDI complemento de Retenciones y Pagos?

Estimados foristas buenas tardes. Analizando el Anexo 20 de la Miscelánea Fiscal para 2017 no me queda claro quien debe de emitir el CFDI Complemento de Retenciones y Pagos.
Desde mi punto de vista quien debe de emitir este CFDI es el Contribuyente que esta realizando el pago y efectuando la retención para que pueda servir como constancia de retenciones para quien se le esta reteniendo el impuesto...

Esto resulta confuso pues si hablamos del CFDI complemento de pago creo que quien debe de emitir el CFDI es quien recibe el depósito. Así estaría entregando un comprobante complementario que en primer lugar soporta la transferencia de dinero y segundo sirve como comprobación para justificar la deducción del primer comprobante.

Muchas gracias por sus comentarios, aportaciones y aclaraciones.

P. D: Esto me recuerda hace ya algunos ayeres cuando el IVA empezaba a ser sobre flujos que había que emitir un talón coprobante de pago.
 
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RIzquierdo
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29/Mar/17 12:56
Re: Ambiguedad Anexo 20 - Quién debe de emitir el CFDI complemento de Retenciones y Pagos?

Buenas tarde.

Al emitir un CFDI (con retención de impuestos). ese mismo comprobante puede servir de constancia:

DE PREGUNTAS FRECUENTES AL SAT:
5. ¿Las personas morales deben proporcionar constancia de retenciones del ISR
e IVA cuando pagan renta de bienes inmuebles o servicios profesionales a
personas físicas que emitieron facturas electrónicas?
No;
Pueden dejar de proporcionar esa constancia cuando la persona física expida una
Factura Electrónica con el monto de los impuestos retenidos. Dicha factura se
considera una constancia de retención.

FUNDAMENTO LEGAL
Fundamento legal: Artículo 1.13 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y
establece medidas de simplificación administrativa publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 26 de diciembre del 2013.


CFDI como constancia de retención de IVA en servicios de autotransporte de carga federal
I.2.7.1.29. Para los efectos de los artículos 29 del CFF y 1-A, fracción II, inciso c), en relación con el 32, fracción V de la Ley del IVA, el CFDI que emita el prestador del servicio en donde conste el monto del IVA retenido por la persona moral, podrá también considerarse como constancia de retenciones de dicho impuesto.
CFF 29, LIVA 1-A, 32
 
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ALLENDE
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29/Mar/17 16:00
Re: Ambiguedad Anexo 20 - Quién debe de emitir el CFDI complemento de Retenciones y Pagos?

Allende, muchas gracias por tu respuesta y aunque si aclara mi duda desde cierto punto.

Que es lo que tenemos que hacer a partir del 1° de Julio de 2017 que el Anexo 20 entre en vigor? Y, Cómo lo tenemos que hacer?
 
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RIzquierdo
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