06/Mar/17 16:46
ANTICIPO DE REMANENTE A SOCIO
Buenas tardes, tengo una duda en la retención que se debe realizar por la entrega de un anticipo de remanente distribuible a un socio de unas sociedad civil.
Que tarifa se debe utilizar y cual es el procedimiento que debo seguir?
Cual es el fundamento?
y que comprobante se debe expedir?
Según tengo entendido que se asimilan a salarios segun el art. 94 Inciso II de la ley del ISR y se debe retener conforme a la tarifa mensual.
y otros me indican que se debe aplicar la tarifa general del 30% al Anticipo del Remanente a distribuir.