04/Ene/17 15:04
Cancelación de CFDI del año pasado (y su reexpedición a un destinatario diferente)
Hola, tengo una petición de un cliente que tengo duda si se puede proceder sin problema, así que agradezco sus comentarios.
1. Parte de nuestra actividad (Persona Moral) es arrendamiento de casa habitación
2. Tenemos un cliente que todo el año 2016 cobramos las rentas mensuales para los cuales expedimos las facturas a nombre de la Empresa (Persona Moral) y excepto la última factura, todas las de más facturas ya son cobradas.
3. Ahora el cliente me pide cancelar todas las facturas de 2016 y sustituirlas por las facturas a nombre de la persona (Persona Física) quien ocupó esa casa habitación.
Mis preguntas:
1. Yo de por sí tengo mucha duda para realizar esta operación pero no encuentro donde diga que no puedo.
2. Estos gastos de la renta de casa habitación, para mi cliente se supone que es 'Gasto No Deducible', ya que es arrendamiento de 'Casa Habitación' utilizada para un empleado (director) de su empresa.
3. De que sea posible realizar esta operación, pienso hace de la siguiente manera:
A. Pedir a mi cliente (Empresa) que me expida una carta solicitando cancelación y su reexpedición de las facturas con clara indicación de datos de nuevo destinatario (y de ser posible las razones de la solicitud)
B. En esa misma carta (o en su caso en una carta aparte) me declare que el IVA de las facturas a cancelar no fueron acreditados en sus declaraciones de IVA de los meses correspondientes.
C. Expedir las facturas nuevas con datos del destinatario indicado, mencionando que esa factura se expide en sustitución de la anterior (con mención de número de folio, fecha, etc.)
D. Contabilizar este movimiento simplemente registrando la cancelación de la factura y reexpedición de la factura dejando el efecto contable en cero.
E. Anexar en la póliza todo este soporte aparte en el expediente del cliente.
F. Así ya no me implicó ninguna declaración complementaria ni nada de eso....???
Ya que no encuentro alguna ley que claramente me impida realizar este tipo de operación sin embargo tengo mucha duda y cierto miedo para tocar las facturas del año pasado. Agradecería su opinión y de ser posible con fundamentos legales. Muchas gracias y saludos!!