30/May/16 22:11
Constancia de No Adeudo ante el IMSS
Buen día estimados amigos, quiero pedirles su atención a mi duda, necesito obtener una constancia de No Adeudo del IMSS, pero no se exactamente cuales son los pasos a seguir, trate de darme de alta en IMSS WEB, pero me pide CURP, lo que yo quiero dar de Alta en el Escritorio Virtual es una persona mora, no una física, pueden por favor orientarme?
GRACIAS.
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salvadorvp
Sargento Segundo
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31/May/16 11:37
Re: Constancia de No Adeudo ante el IMSS
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ALLENDE
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01/Jun/16 09:46
Re: Constancia de No Adeudo ante el IMSS
Lo que tienes que hacer para obtener la constancia de no adeudo del imss, es primero dar de alta al representante legal con su CURP y luego asociar la empresa. además lo tienes que hacer con la firma electrónica (e-firma) del representante.
saludos,
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adanmbenz
Soldado
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01/Jun/16 11:06
Re: Constancia de No Adeudo ante el IMSS
Este tramite se realiza por escrito a la autoridad al administrador de la subdelacion adscrita. Prepara la promocion en 3 tantos y bajo los requisitos manifestados en el art 18 y 18A CFF seguiendo los pasos del 19 del mismo ordenamiento.
Con respecto a la CURP en tu caso es improcedente sacarla, puesto que se trata de una persona moral, este tipo de pesonas no les corresponde sacar este tramite. Pues no deben formar parte del REGISTRO POBLACIONAL, no forman parte de una poblacion no es una PERSONA FISICA.
Saludos
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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01/Jun/16 11:21
Re: Constancia de No Adeudo ante el IMSS
Muchas gracias por su amable atención , me queda claro lo que tengo que hacer.
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salvadorvp
Sargento Segundo
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01/Jun/16 17:25
Re: Constancia de No Adeudo ante el IMSS
Hola Salvador y que es lo que te quedo claro hacer?? Porque Enrique y Adan te mencionan procedimientos diferentes.
Saludos
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
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juancarm
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06/Jun/16 10:47
Re: Constancia de No Adeudo ante el IMSS
No noto la diferencia. Es lo mismo trámite. La diferencia que el compañero incluye un trámite de inscripción de manera adicional al que manifesté. Por mi parte, no lo mencioné porque se supone que ya debió haberse realizado ese trámite y ha de estar cotizándose en el Seguro.
Pero Juan, más que señalar posibles errores, que cualquiera los pudiéramos externar, si se conoce del yerro, bueno mínimo señalar el modo correcto. Esto ayudaría más. Así aprendemos todos. No se conoce, es mejor quedar en silencio.
Se realiza el escrito manifestándose peticionarse “el estado de adeudos” IMSS-03-096 , entregándose:
a) Testimonio notarial. Original o copia certificada.
b) Credencial para votar. Copia.
c) Escrito libre. Original. (3 tantos, bajo los términos que manifesté en mi participación anterior), con firma autógrafa del patrón.
Es gratuito el trámite y debe entregarse en un plazo máximo de 5 días hábiles aproximadamente. Realizándose ante el departamento de cobranza.
Editado: Junio 06, 2016 10:48:40
Saludos cordiales,
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enrique9727
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06/Jun/16 11:08
Re: Constancia de No Adeudo ante el IMSS
Otro trámite de similares características es solicitar la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones fiscales en materia de Seguridad Social”
La diferencia con el anterior, que el estado de no adeudos, se mostraría todo adeudo a la fecha de la solicitud, es decir que se procede con el escrito libre. Mientras que esta opinión solo abarcaría por los periodos que se solicite a la autoridad que aplique una revisión bajo sus bases de datos.
En el primer trámite, no existe tal aval, solo indicaría presuntos adeudos o su inexistencia. En el segundo, se manifestaría adeudos o su inexistencia pero con una especie que las autoridad lo ha avalado, por administrador de la subdelegación. El otro tramite debiera emitirlo el jefe de departamento de cobranzas.
Se realiza el escrito manifestándose peticionarse “esta opinión”, entregándose:
Los mismos documentos descritos en el trámite de solicitud de no adeudos, con la diferencia que adicionalmente se encuentre vigente tu FIEL y certificado ante el Seguro Social. Es gratuito el trámite y debe entregarse en un plazo indefinido.
Este trámite en particular pudiera realizarse desde el portal del IMSS, escritorio virtual.
Sin embargo, a mi parecer según lo descrito en la consulta se hacía referencia a un estado de no adeudos.
Ambos trámites aportados tienen fines similares, pero este último tiene un descanso o procuración de seguridad mayor al contribuyente, pues el hecho de aplicarlo y recibir el escrito. Al transcurrirse 5 años a partir de la fecha de su emisión, aplicandose la prescripción. De no mediarse procedimiento por la autoridad. Es una ventaja adicional con respecto al estado de no adeudos, donde por este no operaria a correr el plazo por la prescripcion, tan de inmediato.
Editado: Junio 06, 2016 11:13:34
Saludos cordiales,
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enrique9727
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