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03/Mar/16 16:48
DEDUCCION EN EL 2015

Buenas tardes.
Hicimos unas remodelaciones de una bodega. Se hizo un contrato en el cual dichas remodelaciones se iban a efectuar en los meses noviembre y Diciembre 2015 , y el pago de dichos servicios se hará en Marzo 2016. Todo esta expecificado en contrato.
Mi pregunta: Fiscalmente se puede deducir el valor de la remodelación teniendo de soporte el contrato, puesto que en el esta totalmente expecificado, el costo de la remodelación, y la fecha del pago.
El CFDI tendrá fecha de marzo 2016.

Todo lo anterior basándome en el art. 27 fracc XVIII de la ley ISR.

Gracias de antemano.
 
MLUNA. Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
 
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mluna
Capitán Primero

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21/Mar/16 16:03
Re: DEDUCCION EN EL 2015

Buenas tarde MLUNA
En mi opinion, no son deducibles en 2015........ya que no tienes nada

Solo una promesa.....
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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