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14/Sep/15 13:56
CREDITO FISCAL IVA DIOT Y PAGO PROVISIONAL

Buenas tardes,

Respecto del Crédito fiscal por IVA e IEPS que tienen derecho las empresas que obtuvieron la certificación, necesito saber como están declarando el valor de los actos o actividades de los pedimentos de Importación temporal a los que se le aplicó el crédito fiscal, en el pago provisional y en la DIOT.

Un despacho me comenta que no debo manifestarlo en la DIOT ni en el pago provisional ya que no hay un rublo o lugar especifico donde declararlo,

Pero por otra parte otro despacho de contadores me comenta que el criterio que ellos manejan en poner en el pago provisional en el recuadro de valor y actos exentos y de igual forma lo manejan en la DIOT como actos exentos, ya que la autoridad no ha definido como declararlo.

Por lo que me gustaria conocer sus apreciaciones o lo que ustedes estan haciendo en la práctica.

Gracias.

Editado: Septiembre 14, 2015 13:56:47

Editado: Septiembre 14, 2015 13:57:11
 
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MEXTAX
Capitán Segundo

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14/Sep/15 14:49
Re: CREDITO FISCAL IVA DIOT Y PAGO PROVISIONAL

Y cual es su criterio Mextax?

Estos 2 criterios son de aquellas personas.

Usted debe analizar el criterio de la LIVA. Lealo con atencion. Al analizarla ese mismo sera su criterio personal.

investigue el del SAT, lo consigue dentro de las facilidades administrativas en la materia que busca regularizarse.

Luego haga su estudio propio de quienes estuvieran mas ajustados a la LIVA.

¿Por que hacer este ejercicio? Sus errores siempre seran suyos el criterio que escoja, que mejor que escojer el que se analizo por todos lados y el que uno consigue una conviccion y apego total y no pues me parece que quizas se este el mejor, sin llegar a un grado de conviccion y compromiso total.

Le anticipo lea lo que la LIVA indica ingresos exentos, asi resuelve gran parte de su duda.
Descarge una ley digital, busque exento en el documento y consiga su definicion, asi rapido llega a su verdad y no la que otros dice tener. Si coinciden que bien, no coinciden, no se acaba el mundo. Pero ante una revision quien debe defender el criterio es el propio contribuyente, entonces xq tomar prestado un criterio que no tengo conviccion ni se que se trata, solo porque otro dice haberlo estudiado y es estaria en total incertidumbre, pues no me consta.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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19/Sep/15 19:47
Re: CREDITO FISCAL IVA DIOT Y PAGO PROVISIONAL

Te comento, que no se reporte en la DIOT,
Por ser una operación virtual (CRÉDITO FISCAL), Este caso no es un pago....
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
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