31/May/15 11:55
Re: Dedcuccion de Camion de carga tipo van, inversion 100% deducible o aplica limite de 130,000
Este criterio normativo del SAT
63/2012/
ISR Deducciones del impuesto sobre la renta. Los vehículos denominados
pick up son camiones de carga.
El artículo 42, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que
la inversión en automóviles sólo será deducible hasta por un monto de
$175,000.00.
El artículo 40, fracción VI de la misma ley dispone que tratándose de
automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas y
remolques, el porciento máximo autorizado como deducción es del 25%
El artículo 124, tercer párrafo de la ley en cita señala que con excepción de los
automóviles, terrenos y construcciones, los contribuyentes que únicamente
presten servicios profesionales y que en el ejercicio inmediato anterior sus
ingresos no hubieren excedido de $840,000.00, podrán deducir las
erogaciones efectivamente realizadas en el ejercicio por la adquisición de
activos fijos, gastos o cargos diferidos.
El artículo 3-A del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, define
al automóvil como aquél vehículo terrestre para el transporte de hasta diez
pasajeros, incluido el conductor, precisando en su segundo párrafo que no se
consideran comprendidas en la definición anterior las motocicletas, ya sea de
dos a cuatro ruedas.
Sin embargo, tanto la Ley del Impuesto sobre la Renta como su Reglamento
no definen lo que debe entenderse por vehículos o camiones de carga, por lo
que acorde con lo previsto en el artículo 5, segundo párrafo del Código Fiscal
de la Federación, se aplica de manera supletoria el Reglamento de Tránsito
en Carreteras Federales, mismo que en su artículo 2, fracción III, numeral 6,
define a los vehículos pick up como camiones, entendiendo a éstos como
aquellos vehículos de motor, de cuatro ruedas o más, destinado al transporte
de carga.
En este sentido, los vehículos denominados pick up son camiones de carga
destinados al transporte de mercancías, por lo que no deben ser
considerados como automóviles para efectos de la Ley del Impuesto sobre la
Renta.
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.