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31/Dic/14 12:14
Adquisicion de remolques sin CFDI

Adquiri remolques y pague el dia de hoy 31 de diciembre , no me daran el CFDI porque ya cerrarón o porque no quieren darlo, Sera deducible ( inversion)n acreditable el IVa? Gracias
 
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Normativolegal
Soldado

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05/Ene/15 19:48
Re: Adquisicion de remolques sin CFDI

El IVA sera acreditable en el mopmento en que cuentes con el comprobante fiscal, para renta lo puedes comenzar a depreciar cuando lo utilices por primera vez

Saludos.
 
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dmorales
Soldado

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06/Ene/15 12:34
Re: Adquisicion de remolques sin CFDI

Estimado,

De acuerdo con el artículo 1-B de IVA, el IVA la contraprestación se considera efectivamente cobrada cuando:

'...se reciban en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquéllas correspondan a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designe, o bien, cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones.'

No cuando se expida el comprobante.

Saludos,
 
Christian S. 'Por mi raza hablará el espiritú'
 
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cdsantoyo
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