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10/Dic/14 12:30
CONTABILIDAD 2014

Si la obligación de enviar la contabilidad al sat inicia en enero de 2015, ¿Puedo terminar mi ejercicio 2014 sin relacionar el IUUD?, decir continuar con mi contabilidad comolo venia haciendo de enero a junio 2014.?

Agradezco sus comentarios
 
JCFox
 
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JCFox
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11/Dic/14 10:54
Re: CONTABILIDAD 2014

Negativo compañero; ten presente que la obligación de la contabilidad electrónica entro en vigor a partir del mes de Julio 2014, NO IMPORTANDO QUE NO SE VAYA A ENVIAR LA INFORMACION correspondiente al segundo semestre de 2014.
Saludos!
 
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alegre70
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11/Dic/14 11:03
Re: CONTABILIDAD 2014

Entonces es un hecho que se cancelo lo de mandar balanzas de comprobacion de julio a Diciembre 2014?

Editado: Diciembre 11, 2014 11:03:39
 
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Jiz_my
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11/Dic/14 11:27
Re: CONTABILIDAD 2014

Asi es!, la contabilidad de julio a diciembre 2014 NO SE ENVIARA al menos que el SAT te la requiera, pero LA OBLIGACION DE LLEVAR LA CONTABILIDAD ELECTRONICA a partir de Julio 2014 EXISTE y son dos cuestiones distintas el no mandar la contabilidad y el de llevarla electronicamente.
Ademas sirve de practica para que se familiarice uno con el nuevo proceso de captura.

Saludos!
 
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alegre70
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12/Dic/14 09:04
Re: CONTABILIDAD 2014

Buenos días,

compañero
[/quote]alegre70[quote]
podrías proporcionar el fundamento donde indica la obligación de llevar la contabilidad electrónica entra en vigor a partir de Julio? porque yo tengo entendido según articulo 28 fracción III del CFF, la obligación es en 2014, pero como tal, que la obligación inicie en Julio no lo encuentro, te lo agradecería mucho, saludos...
 
La interpretación de la ley lo es todo.
 
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israelo
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12/Dic/14 12:24
Re: CONTABILIDAD 2014

La contabilidad es una obligación en términos del 29 del C.F.F.
El artículo 33 del R.C.F.F. señala los requisitos mínimos de la contabilidad.
Le damos el termino de contabilidad electrónica ya que para cumplir con estos requisitos mínimos solo en forma electrónica podemos cumplir

La regla oficial por estar en el portal del SAT, solo falta se publique, señala los momentos de que se debe de cumplir con la obligación de informar de la contabilidad.

De manera general comento:
Las personas físicas y morales con ingresos iguales o mayores a 4 millones a partir de 01 de enero de 2015
Personas físicas y morales con ingresos menores a 4 millones a partir de 01 de enero de 2016

Y el envíos de las balanzas mensuales de enero, febrero y marzo es abril las PM y mayo las PF

Saludos
 
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HEGAHEGA
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12/Dic/14 13:04
Re: CONTABILIDAD 2014

Hola buen dia,

podrías proporcionar el fundamento donde indica la obligación de llevar la contabilidad electrónica entra en vigor a partir de Julio? porque yo tengo entendido según articulo 28 fracción III del CFF, la obligación es en 2014, pero como tal, que la obligación inicie en Julio no lo encuentro, te lo agradecería mucho, saludos...



ARTICULO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE LA RMF DIC 30 DE 2013
Lo dispuesto en el artículo 28, fracciones III y IV del CFF, se cumplirá a partir del 1 de julio de
2014.



Salu2

Editado: Diciembre 12, 2014 13:08:01
 
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grupoimper
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12/Dic/14 13:18
Re: CONTABILIDAD 2014

Aclaración.

Y el envíos de las balanzas mensuales de enero, febrero y marzo es abril las PM y mayo las PF


e) Tratándose de personas morales el archivo correspondiente a la balanza de comprobación ajustada al cierre del ejercicio, se enviará a más tardar el día 20 de abril del año siguiente al ejercicio que corresponda; en el caso de las personas físicas, a más tardar el día 22 de mayo del año siguiente al ejercicio que corresponda.

Los envios son mensuales( PM dia 3 del segundo mes posterior y PF dia 5 del segundo mes posterior) dependiendo si empiezas en 2015 o 2016, y en abril y mayo solo es para la balanza de comprobacion ajustada al cierre del ejercicio.

Salu2

Editado: Diciembre 12, 2014 13:24:03

Editado: Diciembre 12, 2014 13:26:37
 
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grupoimper
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