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26/Ago/14 11:57
ANEXO 24 REQUISITOS DE LAS PÓLIZAS

En el Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 se especifican los datos que las pólizas electrónicas deben reunir, y entre otros requisitos, se establece que se deben indicar los siguientes datos de medios de pago:
Cheque: Transferencia:

Número
Banco
Cuenta de origen
Fecha
Monto
Beneficiario
RFC



Cuenta de origen
Banco de origen
Monto
Cuenta destino
Banco destino
Fecha
Beneficiario
RFC
MI DUDA ES ESTO SE DEBE LLEVAR APARTIR DE JULIO? YA QUE MUCHOS SISTEMAS CONTABLES EN LA ACTUALIDAD NI LOS MAS COMERCIALES TIENEN ESA HERRAMIENTA PARA CAPTURAR CTA ORIGEN Y DESTINO UNICAMENTE ESO, YA QUE LO DEMAS ES BASICO EN UNA CONTABILIDAD.
 
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sanchezvillegas
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26/Ago/14 13:11
Re: ANEXO 24 REQUISITOS DE LAS PÓLIZAS

Se entiende que si, ya que la obligación de llevar la contabilidad electrónica entro en vigor el pasado 1 de Julio.
 
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CP_PACO
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26/Ago/14 13:19
Re: ANEXO 24 REQUISITOS DE LAS PÓLIZAS

Hola Sanchez:

Si ves a detalle el Anexo 24 Inciso D).- en el Elemento CHEQUE dice:

Nodo opcional para expresar el detalle de los cheques que integran la póliza

En el Elemento Tranferencia dice:

Nodo opcional para expresar el detalle de las transferencias bancarias que integran la póliza

Elemento Comprobantes:

Nodo opcional para expresar los comprobantes de las subcuentas

La Regla I 2.8.6. en su Fracc III de la 3a Mod a la RMF 2014, dice:

III. Información de las pólizas generadas incluyendo el detalle por transacción, cuenta, subcuenta y partida, así como sus auxiliares. En cada póliza debe ser posible distinguir los CFDI que soporten la operación, asimismo debe ser posible identificar los impuestos con las distintas tasas, cuotas y actividades por las que no deba pagar el impuesto. En las operaciones relacionadas con un tercero deberá incluirse el RFC de éste, conforme al anexo 24, apartado D. En caso de que no se logre identificar el folio fiscal asignado a los comprobantes fiscales dentro de las pólizas contables, el contribuyente podrá, a través de un reporte auxiliar relacionar todos los folios fiscales, el RFC y el monto contenido en los comprobantes que amparen dicha póliza.

Y lo siguiente es un parrafo del articulo TERCERO de la 3a Mod a la RMF 2014:

Asimismo, las autoridades fiscales, para los efectos de los artículos 22 y 23 del CFF y en el ejercicio de facultades de comprobación de conformidad con el artículo 42 del CFF, solicitarán la información contable de las pólizas sólo a partir y respecto de la información generada en el periodo o ejercicio 2015.

En mi opinión personal hay que estar muy al pendiente del Anexo 24 cuando ESOS NODOS cambien de estatus de NODO OPCIONAL a NODO OBLIGATORIO.

Saludos



Editado: Agosto 26, 2014 13:27:49
 
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Cone34
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26/Ago/14 13:38
Re: ANEXO 24 REQUISITOS DE LAS PÓLIZAS

GRACIAS POR SUS RESPUESTAS
 
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sanchezvillegas
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26/Ago/14 14:16
Re: ANEXO 24 REQUISITOS DE LAS PÓLIZAS

:lol:

Editado: Agosto 29, 2014 20:41:30
 
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Silvestre
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26/Ago/14 19:54
Re: ANEXO 24 REQUISITOS DE LAS PÓLIZAS

Esta información es obligatoria a partir del mes de Julio 2014 y los desarrolladores de software contable ya debieron haber modificado sus respectivos programas contables y estar a la vanguardia en cuestiones fiscales si no pasan a quedar fuera de la competencia.
El sistema ASPEL COI en su version 7.0 ya contempla estos cambios y respecto a los 'NODOS OPCIONALES' solo manejan 'cheque' y transferencia' y a la autoridad se le olvido que tambien existen 'cargos electrónicos' por comisiones bancarias, tarjetas de débito y crédito pero en fin esto se ira corrigiendo sobre la marcha
 
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alegre70
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26/Ago/14 22:57
Re: ANEXO 24 REQUISITOS DE LAS PÓLIZAS

Hola a todos
Alegre70 tu tienes el sistema de Aspel COI 7.0?

Lo recomiendas? Esta fácil adaptarse a ese sistema?

Me gustaría nos dijeras si ya lo estas usando, y también como lo iniciaste, si desde Enero o pusiste los saldos a Junio 2014.

Ahora pregunto, sabemos que las balanzas de las personas Morales se van a mandar hasta Enero del 2015. Pero ya debemos de hacer Julio 2014 en contabilidad Electrónica?

También si las personas Físicas van a mandar las balanzas de Julio a dic. 2014 en Enero 2015?

Le agradecería mucho su respuesta.

También opiniones de todos los coristas.
 
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yeny
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26/Ago/14 22:59
Re: ANEXO 24 REQUISITOS DE LAS PÓLIZAS

Perdón FORISTAS
 
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yeny
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27/Ago/14 08:49
Re: ANEXO 24 REQUISITOS DE LAS PÓLIZAS

Yeny: Un cliente esta usando el COI 7.0 sin mayor problema, al efecto, se partio de capturar en Junio los saldos finales para iniciar con la modalidad electrónica a partir de Julio y ya contempla en las salidas de bancos adicionar información de la cuenta origen y la cuenta destino.
 
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CP_PACO
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27/Ago/14 11:27
Re: ANEXO 24 REQUISITOS DE LAS PÓLIZAS

Respondiendo a pregunta inicial:

Atendiendo al Código Fiscal de la Federación desde Julio debemos iniciarnos con contabilidad electrónica.

Mediante la tercera RMF 2014 en el apartado I.2.8.6. establese como se conforma:

CATALOGO DE CUENTAS
BALANZA DE COMPROBACION
E INFORMACION DE LAS POLIZAS (El meollo del asunto)


¿en que tiempo debemos presentarlos?

Ok ok ,

CATALOGO DE CUENTAS -------> Octubre 2014
BALANZA DE COMPROBACIÓN JUL-DIC 2014 ---------> ENERO 2015
INFORMACION DE POLIZAS --------------> SOLAMENTE CUANDO LA AUTORIDAD LO REQUIERA Y PODRIAN SER CUANDO EL CONTRIBUYENTE SOLICITE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES.

En este sentido quiero agregar el BOLETIN 38 DE LA PRODECOM (ACUERDO ENTRE SAT Y PRODECOM)

SEGUNDA HOJA TERCERO Y CUARTO PÁRRAFO:

Por lo que toca al tercer elemento de su contabilidad que los contribuyentes tendrán que
llevar en medio electrónico, es decir, las Pólizas o registros analíticos de las diferentes
operaciones que realicen en su actividad comercial, éstas sólo se enviarán vía buzón
tributario a requerimiento expreso del SAT, pero sólo cuando éste revise, en una
auditoría, la situación fiscal del contribuyente. Además será a partir del 1 de enero del
próximo 2015, cuando habrá la obligación de llevar estas pólizas de manera electrónica,
por lo que sólo en las revisiones fiscales que las autoridades lleguen a efectuar por el
ejercicio o meses de 2015, será cuando puedan requerir las pólizas contables en medios
electrónicos.


Finalmente si bien las reglas establecen también que, tratándose de todos los trámites
relativos a devoluciones o compensaciones, el SAT podrá requerir de manera electrónica
las pólizas de las operaciones que tengan relación con la devolución o compensación
solicitada; lo cierto es que el órgano desconcentrado se comprometió ante PRODECON,
en que esto no será obligatorio sino para aquéllos trámites que se presenten a partir de
2015 y respecto exclusivamente de saldos a favor generados a partir de ese año; por lo
que durante este segundo semestre de 2014, la exhibición en medio electrónico de la
póliza contable, será desde luego opcional,
lo que puede resultar útil para aquéllos
contribuyentes que ya estén utilizando dicho medio electrónico.

http://prodecon.gob.mx/portal/Documentos/bolitines_prensa/2014/Boletin_38.pdf

Por lo que hay tiempo para que los INGENIEROS nos adecuen el sistema.

Saludos,

JLCHAN

Editado: Agosto 27, 2014 11:36:39
 
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jlchan
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