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17/Ago/14 20:57
Re: YA NO SE REQUIERE DAR DE ALTA OBLIGACIONES COMO RETENEDOR

De nuevo GOrnelas
Cuando se va a registrar una persona moral, le piden llenar como retenedor?...si no lo llena, y en algún mes tiene una operación como tal.....

Eso es la parte ilógico, que comenta ALLENDE.

En el formulario únicamente te piden llenar como retenedor de Sueldos, salarios y asimilados.

Sera que lo quieren hacer todo mas simplificado......???


Saludos Cordiales
 
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vabdo
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18/Ago/14 09:14
Re: YA NO SE REQUIERE DAR DE ALTA OBLIGACIONES COMO RETENEDOR

Según la persona que me atendió; no hay obligación......únicamente hay obligación, cuando hay cantidad a pagar


Vabdo: Conservadoramente se debería de seguir presentando la obligación aunque no exista impuesto a cargo.
 
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CP_PACO
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18/Ago/14 09:50
Re: YA NO SE REQUIERE DAR DE ALTA OBLIGACIONES COMO RETENEDOR

Mi muy estimado Paco.
Como siempre tus comentarios precisos y acertados.

Conservadoramente se debería de seguir presentando la obligación aunque no exista impuesto a cargo


Por todos los comentarios, aquí dados, Creo estamos llegando a la misma conclusión.

Saludos Cordiales
 
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vabdo
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18/Ago/14 09:54
Re: YA NO SE REQUIERE DAR DE ALTA OBLIGACIONES COMO RETENEDOR

Vabdo: Es que desafortunadamente, a excepción de que me corrobores lo contrario, la empleada del SAT no te está dando un fundamento legal de que cuando no haya cantidad a pagar no se declare la obligación.

Saludos.
 
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CP_PACO
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18/Ago/14 12:22
Re: YA NO SE REQUIERE DAR DE ALTA OBLIGACIONES COMO RETENEDOR

Paco, lo único que te puedo confirmar es que me dijeron que no había ningún fundamento legal, solo tenían un comunicado interno
 
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vabdo
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18/Ago/14 21:06
Re: YA NO SE REQUIERE DAR DE ALTA OBLIGACIONES COMO RETENEDOR

Hola Vabdo,

Me acaban de enterar que ya no existe la obligación para dar alta como retenedor de Honorarios, Arrendamientos, Fletes, Etc.


En las empresas de nueva creación, efectivamente el cuestionario para actualización de obligaciones fiscales, respecto a retenciones, solo considera salarios.

Y también consulté con el SAT por qué el cuestionario no considera esas obligaciones y la respuesta fue: 'El fundamento legal es el cuestionario al no permitir no considerar esas obligaciones'.

Y cuando eliges ese tipo de retenciones para pagar en el DyP, el sistema no advierte nada. Sin embargo, si el contribuyente no tiene dada de alta la obligación de 'retenciones por salarios' y la intentas agregar, el sistema advierte que 'deberías actualizar antes de'.

Y bueno, si el cuestionario no permite actualizar para que esas obligaciones sean 'permanentes' pues...ningún contribuyente está obligado a lo imposible.

Espero que mi comentario, sea de tu utilidad.

Saludos y que pases buenas noches.

P.D.
 
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18/Ago/14 21:16
Re: YA NO SE REQUIERE DAR DE ALTA OBLIGACIONES COMO RETENEDOR

¿Y el postdata?

Perrrrrdón,

El P.D., era que en las empresas que ya tenían esa obligación, pues se debe seguir declarando aún en ceros, o presentar en su caso, la actualización de obligaciones.

Pero mientras encontramos el fundamento legal (Újule ahora nadie ha buscado, nomás hemos preguntado:redface:), también opino que debemos seguir declarándolas, aún en ceros.

Saludos nuevamente.
 
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ngm
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19/Ago/14 10:59
Re: YA NO SE REQUIERE DAR DE ALTA OBLIGACIONES COMO RETENEDOR

Aquí esta conversación del chat:

Bienvenido al servicio de Chat 1a1 del SAT.
13:29 Orientación Fiscal, le atiende Lydia Olivo, ¿en qué puedo ayudarle?
13:29 BUENAS TARDES LYDIA OLIVO
13:30 ESTOY TATANDO DE HACER UNA ACTUALIZACION DE OBLIGACIONES
13:30 EN MI PORTAL
13:30 PERO AL MOMENTO DE HACER LA ACTUALIZACION, ME DA DE BAJA
13:31 ¿Esta en suspensión de actividades?
13:31 LAS OBLIGACIONES DE RETENEDOR DE IVA E ISR, ESTO Y ADEMAS ME CAMBIA LA OBLIGACIOND E PAGO PROVISIONAL DE ISR PM
13:32 NO, UNICAMENTE ESTAMOS ACTUALIZANDO
13:33 ¿Esta seleccionando nuevamente todas las actividades que tendrá vigente?
13:34 SI, PERO NO ME APARECE LAS OBLIGACIONES DE RETENEDOR DE ISR E IVA, UNICAMENTE ME PARECE QUE SI PAGO SALARIOS,
13:37 Para retener IVA debe usted seleccionar que recibirá servicios como honorarios o que rentara a una persona física.
13:37 ¿Seleccionó esas actividades?
13:38 podría decirme en que parte aparece esto.ya que no lo localizo,
13:40 ¿Que preguntas le aparecieron en el cuestionario?
13:40 Ya que en base a lo que usted conteste es lo que le va arrojando las obligaciones.-
13:41 si pero en ningún lado me aparece que recibire servicios como honorarios a personas fisicas
13:42 Debe aparecerle en las preguntas que el sistema le envia.
13:42 Deberá iniciar nuevamente el cuestionario.
13:43 lo he iniciado 5 veces, y únicamente aparece que si voy a pagar sueldos y salarios
13:43 ¿Recuerda cuantas preguntas le aparecieron en el cuestionario?
13:44 son 5 pasos:
13:44 1 -Ubica el grupo al que pertenece tu actividad
13:44 ¿Me puede permitir un momento en línea para verificar su información?
13:45 2 - Ubica la actividad
13:45 3 - Indica cómo realizas tus actividades y el porcentaje de ingresos que percibes por cada una
13:46 4 - Completa tu información respondiendo las siguientes preguntas:
13:47 Gracias por esperar en línea, ¿Seria tan amable de permitirme un momento más por favor le sigo atendiendo su consulta?
13:47 Ok
13:47 ---- en este paso 4 - se menciona que si se van a pagar sueldos y salarios
13:48 Gracias por la espera en línea.
13:48 Para brindarle la información que necesita, lo voy a transferir con otro asesor que le brindará la información, por favor permitame un momento, gracias.
13:48 Ok
La llamada se está transfiriendo al operador Itzel Gallegos ...
Llamada transferida
13:50 Servicio de Administración Tributaria buenas tardes, le atiende Itzel Gallegos.
¿Puede permitirme un momento por favor?, vamos a revisar su consulta.
13:50 oks, gracias
13:51 Gracias por esperar, las retenciones se declararan cuando se tenga la obligación de enterar.
13:52 si precisamente por eso queremos que aparezca esa obligacion
13:52 pero no nos aparece
13:53 No le aparecerá, le indico que se presentara en pago referenciado cuando tenga la obligación de enterarlo, ya no estará en su guía.
13:54 Cuando fue ese cambio porque es una obligación habitual
13:55 También porque cambio la obligación de ISR PM,?
13:56 Fue derivado de las modificaciones o actualización al cuestionario, que no aparece la opción obligaciones complementarias para indicar que realiza pagos por arrendamiento, honorarios, regalías etcétera, por ello se selecciona cuando tenga la obligación.
13:58 Pero al hacer el pago referenciado cada mes, tengo que subir esa obligación, siendo que actualmente ya la tengo como preestablecida
13:59 Así es, deberá seleccionarlas de las otras obligaciones en el segundo recuadro de pago referenciado.
14:00 de acuerdo, pero solo quisiera yo tener algún fundamento para no incurrir en inconsistencias.
14:01 No hay fundamentos legales para las aplicaciones, y usted cumple con enterar las retenciones cuando deba presentar su declaración de acuerdo a cada disposiciones ya sea arrendamiento o por servicios profesionales.
14:02 ok, y con respecto a la obligación del ISR PM, por que me la cambia a presentar trimestral, en vez de mensual, que es lo que se hace actualmente
14:04 No se cambia, únicamente le indica que debe presentar una declaración por el segundo ejercicio fiscal, de forma trimestral, la cual se presenta únicamente en el caso del segundo ejercicio de una persona moral, haga caso omiso, esto es porque el sistema no reconoce el ejercicio en que se encuentra la persona moral.
14:05 oks gracias
14:06 ¿Tiene alguna duda respecto de la información que le proporcioné?
14:07 no únicamente quería ver si me podrían enviar por correo esta conversación
14:07 Si desea recibir esta conversación por correo electrónico, por favor no cierre y espere la opción. Gracias a Usted por utilizar este servicio.
Info: Asistencia realizada por Lydia Olivo Clique aquí para recibir la transcripción completa de la conversación.
 
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ALLENDE
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21/Ago/14 12:08
Re: YA NO SE REQUIERE DAR DE ALTA OBLIGACIONES COMO RETENEDOR

Hola estimada ngm
cuando eliges ese tipo de retenciones para pagar en el DyP, el sistema no advierte nada.

Eso es principalmente la duda.

Agradezco tus comentarios, siempre precisos y confiables.
 
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21/Ago/14 12:11
Re: YA NO SE REQUIERE DAR DE ALTA OBLIGACIONES COMO RETENEDOR

El P.D., era que en las empresas que ya tenían esa obligación, pues se debe seguir declarando aún en ceros, o presentar en su caso, la actualización de obligaciones.

Pero mientras encontramos el fundamento legal (Újule ahora nadie ha buscado, nomás hemos preguntado:redface:), también opino que debemos seguir declarándolas, aún en ceros.


Completamente de acuerdo.
Gracias de nuevo
 
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