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30/Jun/14 20:21
perdidas fiscales en el RIF y saldos a favor de IVA

Pregunta:

Un RIF que antes era Regimen de actividades empresariales y profesionales o intermedio y que traia perdidas fiscales hasta cuando permanecio en dicho regimen, puede aplicar esas perdidas como RIF ???? se que el primer año no pagaran ISR pero tal vez si es posible aplicar perdidas podrian aprovecharse para el segundo y subsecuentes años......

y que pasa igualmente con los saldos a favor de IVA que traia de antes de 2014, podria aplicarlos como RIF en 2014....

Saludos.....
 
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jorge1977
Sargento Primero

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01/Jul/14 18:22
Re: perdidas fiscales en el RIF y saldos a favor de IVA

COMUNICADO DE PRENSA


México, D. F, a 30 de junio de 2014

Lista la aplicación para que los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal presenten sus declaraciones

PDF 290 |



COMUNICADO 088

• A partir de julio, deben declarar bimestralmente con la aplicación disponible a través de Mis cuentas.
• La declaración del primer bimestre se presentará en julio y las del segundo y tercer bimestre pueden presentarse en agosto.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, informa a los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal que a partir de hoy se encuentra disponible en el portal del SAT, la aplicación para que presenten sus declaraciones de los primeros bimestres de 2014.

Los contribuyentes de los Regímenes de Actividad Empresarial e Intermedio que optaron por cambiarse al Régimen de Incorporación Fiscal, para presentar sus declaraciones bimestrales podrán emplear el servicio de Declaraciones y Pagos (Pago referenciado), utilizando su RFC y Contraseña. En DYP si viene esta opcion, y quisiera pensar que es ahi donde lo presentarias; y en mis cuentas declararias a todos los que tributaron en el año pasdo como RPECOS

Los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal deben presentar su declaración del primer bimestre de 2014 durante julio y las del segundo y tercer bimestre pueden presentarlas en agosto, a través de la aplicación de Mis Cuentas, disponible en el portal del SAT.

Con estas acciones el Servicio de Administración Tributaria, continúa brindando a los contribuyentes herramientas fáciles y gratuitas para el cumplimiento de sus obligaciones, las aplicaciones para declarar, son sencillas, accesibles desde cualquier sistema de cómputo y los contribuyentes sólo deben ingresar datos propios de su actividad cotidiana.

Algunos de los beneficios que ofrece este régimen a las personas que se incorporen a la formalidad son el acceso a los servicios de salud, financiamiento de vivienda, otorgamiento de una pensión, créditos a su medida y no pagarán impuestos el primer año, entre otros.

[b]
 
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Egresado2014
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01/Jul/14 19:03
Re: perdidas fiscales en el RIF y saldos a favor de IVA

Buenas tardes


Si puedes disminuir las pérdidas pendientes, de acuerdo a la regla I.3.12.2 de la Miscelanea para 2014.


Saludos
 
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rdelacruz
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