24/Mar/14 10:36
Re: deducciones en regimen intermedio?
Estrictamente indispensable quiere decir. Que si se eroga x gasto, pero no tiene la finalidad de la obtencion de un ingreso. No debe incluirse como deduccion autorizada.
Por ejemplo un gasto personal el que sea. La compra de un refrigerador, la sala, etc.
Cosa muy distinta que en ese refrigerador se guardan materias primas que habran de enajenarse y conservarse. O es la sala de la recepcion del negocio.
Otro ejemplo; en ingresos por arrendamiento: La ley no permite la deduccion por automovil, por consecuencia la de mantenimiento y gasolina tampoco.
Resulta algo medio con falta de credibilidad que se compre un automovil para uso exclusivo en la cobranza de las rentas como si fueran muy distantes y que todavia salga ganancia. El empleo preponderante de ese automovil, seguramente no seria para la cobranza de las rentas, razon por la cual no pudiera justificarse como deduccion autorizada, amen de que en la ley ni se considera como concepto aplicable en declaracion.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?