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09/Ago/13 17:24
CONTRATO DE PRUEBA

BUEN DIA SE LE HIZO A UN TRABAJADOR UN CONTRATO DE PRUEBA, Y SE LE VA A DESPEDIR SI ES VALIDO.
SALUDOS
 
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celiasilerio
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09/Ago/13 17:51
Re: CONTRATO DE PRUEBA

SE ME PASO PONERLE QUE EL CONTRATO ES POR SEIS MESES
JAJAJA


Editado: Agosto 09, 2013 17:52:45
 
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celiasilerio
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09/Ago/13 18:08
Re: CONTRATO DE PRUEBA

Buena tarde:

Le sugiero consultar el artículo 39-A de la Ley Federal de Trabajo.

Saludos
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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09/Ago/13 20:08
Re: CONTRATO DE PRUEBA

:neutral: Buenas tardes.

NOp. No es válido. Usted debe probar que el trabajador no pasó la prueba y simplemente dar x terminado el contrato.
Si lo va a despedir, entonces debe indemnizarlo.

Suerte,
El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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10/Ago/13 10:43
Re: CONTRATO DE PRUEBA

buen dia el es Jefe de taller, y no esta haciendo bien su trabajo, hay un desastre en el taller, ahi que se puede poner, para comprobar que no es apto para este puesto gracias
 
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celiasilerio
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11/Ago/13 22:46
Re: CONTRATO DE PRUEBA

Buenas noches, le recomiendo actualizarse en la ley Federal del Trabajo, los contratos a prueba si son validos; pero solo por un mes de forma generica. Hay otras modalidades pero son mas especificas.
Quienes quieren seguir utilizando los contratos a prueba por tres meses o mas, no son legales y por lo tanto para darlos por terminado tendrá que indemnizarlos con tres meses de salario como lo menciona la L.F.T.


Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
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12/Ago/13 02:29
Re: CONTRATO DE PRUEBA

los contratos de prueba, pudieran durar solo hasta por 3 meses, despues de esta fecha ya se convierten en por tiempo indeterminado.

De existir un contrato por tiempo determinado, el patron debe cubrir el tiempo restante del contrato o en su defecto indemnizarlo conforme al art 50 LFT. Lo hace mal el patron pudiera volversele tener que indemnizar de nuevo y debe hacerse ante la JCyA, pues no surtiria en efectos juridicos, porque pudiera considerarse un despido injustificado o con fines lesivos al contrato y prerrogativas del trabajador. Pudiendo entonces este ultimo solicitar una indemnizacion por despido injustificado.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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12/Ago/13 02:33
Re: CONTRATO DE PRUEBA

no existe causal para señalar que el trabajador es inepto o no cumple con la calidad de trabajo requerido. En caso de estar dentro del periodo de prueba debe terminarse ese periodo y ahi termina el contrato y la relacion. Pero en caso de sobrepasar el limite de la ley que le propone a los contratos de prueba, el patron pudiera despedirlo, pero ahora debera de indemnizar al trabajador. Por el tiempo del contrato o mas bien de la relacion, no seria muy representativo el monto a indemnizar, pero debe hacer efectiva el termino de la relacion laboral ante la Junta de conciliacion y arbitraje
 
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enrique9727
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09/Dic/13 17:06
Re: CONTRATO DE PRUEBA

Querido enrique9727 en que numeral o cual es la base para que duren solo 3 meses y despues se conviertan en permanentes?
 
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IndexGCia
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14/Dic/13 09:54
Re: CONTRATO DE PRUEBA

Una disculpa son solamente 30 dias para el contrato de prueba. Debe leer los articulos 35 y 39A LFT este ultimo tiene el plazo correcto

A que caray por eso no me gusta leer anteproyectos de reformas, luego se quedan los plazos en memoria que no corresponden.
 
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enrique9727
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