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23/Jul/12 22:16
Re: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?

Hola buenas noches:

Andaria considerandose una percepcion equivocada en el caso de la persona que analiza las disposiones fiscales del IVA en relacion a la persona. Una equivocasion intentar seguir un criterio en relacion a la persona o profesion.

Lo que regula la LIVA es fomentar un tributo en base a ACTIVIDADES y ACTOS, mismos son lo que alguna persona u otra realizaria y que habrian de gravarse, desregularse (exentarian) o que quedarian fuera del ambito de la LIVA

Se pronuncia por actividades medicas las que quedarian exentas.

Asi como tambien hubiera actividades educativas.

Que despues estas actividades son realizadas por algun tipo de personas, nunca se quita el renglon continua refiriendose a actividades. Asi que la exencion no es en razon a las personas, sino al tipo de actividades que se vienen desarrollando.

Cualquier profesionista pudiera estar ejercicios actividades educativas, pero se ajustan a las referidas de la LIVA con el fin de no gravarse. O en el caso, de referirse a actividades medicas, son de las en corespondencia hace mencion la ley como exentas. No se trata que si es un medico y que por analogia ya se equiparen a ser exentas porque los medicos sus actividades ya son exenta. Mas bien, la actividad que desarrolla el medico, procede ser exenta, porque asi lo indica la LIVA
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Jul/12 10:15
Re: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?

bueno creo que con esto ultimo aportado por a_cano (SALUDOS), esta mas que claro a que se refiere los servicios de medicina que estaran exentos, y cualquier otra actividad que haga un medico, que no encuandren en los supuestos señalados, gravara IVA.

Saludos
 
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lcruizuscanga
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24/Jul/12 11:39
Re: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?

Para el iniciador del topico, le adjunto copia de consulta al SAT, de un caso similar:

Bienvenido al servicio de Chat 1a1 del SAT.
10:46 Muy buen día, le atiende la Lic. Gladis Pecina, ¿en qué le puedo ayudar?
10:47 Para brindarles un mejor servicio a todos nuestros usuarios en espera, lo invitamos a formular su duda.
10:48 La duda que tengo es la siguiente
10:49 Un medico que presta servicios eventuales en una institucion privada, implantando celulas madre en pacientes.
10:49 Hasta ahi no tengo duda que esta exnto de IVA.
10:52 Ahora en esa institucion, le piden dar in informe del resultado del estudio, investigacion y resultado de cada caso que atiene. para lo cual por cada informe que presenta expide un recibo adicional. la duda es al ser un servicio.--extension del servicio medico, se considera exento de IVA.
10:54 No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios: Los servicios profesionales de medicina, hospitalarios, de radiología, de laboratorios y estudios clínicos, que presten los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal o del Distrito Federal, o de los gobiernos estatales o municipales.
10:57 ¿Tiene alguna otra duda respecto a la información que le proporcioné?
10:57 Asi lo entiendo, pero en este caso, es como le comento, que da un informe, del resultado obtenido con el paciente,
10:58 Es decir el medico, por cada tratamiento, hace un estudio y envia los resultados junto con un recibo
11:01 Disculpe, si esta brindando un servicio medico, esta exento de IVA.
11:02 Esta muy claro que los servicios profesionales de medicina estan exentos. pero al hacer estudio e investigacion de cada caso en particular; que se supone es parte del servicio medico. por lo tanto quiero confirmar si el recibo adicional que expide por cada estudio que envia, sigue tambien siendo exento
11:04 Es correcto, sigue siendo exento.
11:05 ok gracias. podria darme el fundamento, para comentarlo con el cotador de la institución
11:05 ¿Tiene alguna otra duda respecto a la información que le proporcioné?
11:06 Es de acuerdo al Articulo 15 fracción XV de la ley del Impuesto al Valor Agregado.
11:06 ¿Tiene alguna otra duda respecto a la información que le proporcioné?
11:06 Es la misma que que para el tratiempo del paciente
11:07 ya que corre sobre la misma base
11:07 Así es.
11:07 Gracias
11:07 ¿Tiene alguna otra duda respecto a la información que le proporcioné?
11:08 es todo muchas gracias
11:08 Gracias por utilizar este servicio, recuerde utilizar los servicios electrónicos del portal de SAT, que tenga buen día



Saludos
 
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vabdo
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24/Jul/12 11:39
Re: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?

Para el iniciador del topico, le adjunto copia de consulta al SAT, de un caso similar:

Bienvenido al servicio de Chat 1a1 del SAT.
10:46 Muy buen día, le atiende la Lic. Gladis Pecina, ¿en qué le puedo ayudar?
10:47 Para brindarles un mejor servicio a todos nuestros usuarios en espera, lo invitamos a formular su duda.
10:48 La duda que tengo es la siguiente
10:49 Un medico que presta servicios eventuales en una institucion privada, implantando celulas madre en pacientes.
10:49 Hasta ahi no tengo duda que esta exnto de IVA.
10:52 Ahora en esa institucion, le piden dar in informe del resultado del estudio, investigacion y resultado de cada caso que atiene. para lo cual por cada informe que presenta expide un recibo adicional. la duda es al ser un servicio.--extension del servicio medico, se considera exento de IVA.
10:54 No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios: Los servicios profesionales de medicina, hospitalarios, de radiología, de laboratorios y estudios clínicos, que presten los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal o del Distrito Federal, o de los gobiernos estatales o municipales.
10:57 ¿Tiene alguna otra duda respecto a la información que le proporcioné?
10:57 Asi lo entiendo, pero en este caso, es como le comento, que da un informe, del resultado obtenido con el paciente,
10:58 Es decir el medico, por cada tratamiento, hace un estudio y envia los resultados junto con un recibo
11:01 Disculpe, si esta brindando un servicio medico, esta exento de IVA.
11:02 Esta muy claro que los servicios profesionales de medicina estan exentos. pero al hacer estudio e investigacion de cada caso en particular; que se supone es parte del servicio medico. por lo tanto quiero confirmar si el recibo adicional que expide por cada estudio que envia, sigue tambien siendo exento
11:04 Es correcto, sigue siendo exento.
11:05 ok gracias. podria darme el fundamento, para comentarlo con el cotador de la institución
11:05 ¿Tiene alguna otra duda respecto a la información que le proporcioné?
11:06 Es de acuerdo al Articulo 15 fracción XV de la ley del Impuesto al Valor Agregado.
11:06 ¿Tiene alguna otra duda respecto a la información que le proporcioné?
11:06 Es la misma que que para el tratiempo del paciente
11:07 ya que corre sobre la misma base
11:07 Así es.
11:07 Gracias
11:07 ¿Tiene alguna otra duda respecto a la información que le proporcioné?
11:08 es todo muchas gracias
11:08 Gracias por utilizar este servicio, recuerde utilizar los servicios electrónicos del portal de SAT, que tenga buen día



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vabdo
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24/Jul/12 11:56
Re: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?

SI ALGO EH APRENDIDO DEL USO DEL CHAT DEL SAT, SIMPLEMENTE, NO TIENEN EN LA MAYORIA DE LOS CASOS, NI IDEA DE LO QUE SE LES PREGUNTA.

EN LO PERSONAL, HARIA MEJOR UNA CONSULTA A LA JURIDICA DE INGRESOS, PORQUE NI ATRAVES DE MI PORTAL LUEGO RESUELVEN LAS DUDAS.

POR LO QUE ENTENDI DE LA PLATICA DEL CHAT, LA ASESORA (EN MI PERCEPCION) SE ESTA REFIRIENDO A ESTUDIOS PERO DE UNA INDOLE DE ANALISIS CLINICOS.

SALUDOS
 
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lcruizuscanga
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24/Jul/12 11:58
Re: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?

ARTICULO 8o.- Las actividades de atención médica son:

I.- PREVENTIVAS: Que incluyen las de promoción general y las de protección específica;

II.- CURATIVAS: Que tienen por objeto efectuar un diagnóstico temprano de los problemas clínicos y establecer un tratamiento oportuno para resolución de los mismos; y

III.- DE REHABILITACION: Que incluyen acciones tendientes a limitar el daño y corregir la invalidez física o mental


Buenas tardes.

En relacion a la consulta al SAT que hace Vabdo, como siempre lo he referido, los asistentes que tiene el SAT no profundizan las leyes, y en muchas ocaciones las interpretan segun el codigo que maneja el mismo SAT.

En esta ocacion, te indica que ese servicio esta exento, dado que tiene que ver con el paciente, y pienso que CANO ya te dio esa respuesta en su ultima intervencion en este topico, Articulo 8 Fracc II, es cuestion de analizarlo como bien lo realizo CANO y CP HUGO en sus atinadas intervenciones, si el iniciador del topico no explica que tipo de investigacion esta realizando, es dificil dar un fundamento correcto, pero de entrada, si no cae dentro de lo que la Ley de Salud indica, dado que es una aplicacion supletoria a la LEY del IVA, porque esta no presisa los conceptos de medicina, son actos gravados a la tasa que corresponda, 16% o 11%.

Saludos.
 
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El_Juez_de_Hierro
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24/Jul/12 12:21
Re: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?

Buen dia

La LIVA grava actos o actividades, no regimenes fiscales del ISR, es decir un Medico puede realizar actos gravados con IVA, Exentos de IVA, u no afectos de IVA.

De entrada el art. 14 LIVA Fracc I nos establece que toda obligacion de hacer que realice una persona a favor de otra, cualquiera que sea el acto que le de origen y el nombre o clasificacion de a dicho acto le den otras leyes; en otras palabras de entrada los servicios medico que presta una PF esta gravado, pero luego viene el art. 15 LIVA que nos habla de QUIEN NO PAGA EL IMPUESTO en los siguientes servicios: .. XIV los servicios profesionales de medicina, cuando su prestacion requiera titulo medico conforme a las leyes siempre que sean prestados POR Personas fisicas ya sea individualmente o por condusto de sociedades civiles.

El servicio profesional de medicina (atencion medico paciente) esta exento de IVA;
El servicio profesional de medicina (atencion medico paciente) prestado atraves de una SA esta gravado con IVA
El servicio profesional de investigacion (analizar la evolucion de un cancer, tomar opiniones de terceras personas, indagando, recopilando informacion etc) esta gravado con IVA
La imparticion de un curso por un medico esta gravada con IVA

Espero haberte ayudado
 
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JHSR
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24/Jul/12 12:33
Re: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?

El chat del Sat sirve para lo que quiero escuchar.............en lo personal ni las tomo en cuenta..


Pero bueno, va esto para quienes no contestaron....y para quienes comentaron que el servicio de medicina abarca todo......

Caso....medico implementa embriones....emite una investigacion e informe SOBRE los embriones, tratamiento etc......................


caso 2-. medico ( no sabemos que hizo )....ni que tipo de investigacion efectuo......y lo hizo a una persona moral...........pregunto colegas...¿ acaso quien pregunta detallo el caso 2?..........................¿ porque distinguir ?...............




y como colofon....por ahi dijeron que abarca toda la medicina.........entonces pregunte...si el medico cirujano da un curso de como criar patos es un acto de medicina? NO, es distinto.....porque simplemente NO NECESITA ser medico para saber como criar un pato.......................ACTOS DISTINTOS..............................asi que no salgan con que es lo mismo...................



saludos
 
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24/Jul/12 12:46
Re: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?

Hola buen dia:

El modo de como se realizo la consulta al SAT mediante el chat se da entre ver que
el medico realiza consultas a personas fisicas (posiblemente empleados de una sociedad) y luego pasa reporte de estos estudios a una persona moral.

Considero que si asi se realiza estos actos, si le aplica la exencion del articulo 15 LIVA pero, no fue asi como se habia señalado desde un principio en el foro.

Esta claro que los informes que otorga el medico, provienen de consultas medicas y para esta situacion le aplica la maxima en derecho.

Se sigue la suerte del principal, en los accesorios. El informe es un accesorio, le antecede las consultas. Las consultas MEDICAS la ley las previene como exentas, por lo tanto, siendo los informes o estudios clinicos, se continua el tratamiento fiscal por cada uno de los accesorios, pues los analisis, estudios, formarian parte de toda la consulta medica.

Mi apreciacion inicial me inclinaba a opinar sobre un estudio aislado o una investigacion donde no le anteceden consultas medicas, no existe la procuracion de manera directa por la salud. Si bien si pudiera existir la intencion de procurar la salud, pues todo estudio medico esto es lo que pretende, el hecho es que debe haber palpablemente una persona que se le este procurando la salud y no que este de manera general, pues ese estudio profesional aun siendo clinico o medico, no se encuentra totalmente encuadrado en lo referido en las leyes fiscales por lo tanto debe analizarse con cuidado. E incluso el funcionario del SAT no da una deliberacion tajante de un simple SI. Hasta el final del cuestionamiento cuando ya se ofrece practicamente los pormenores es que define con certeza firme su confirmacion

El mismo funcionario del SAT procura ser cuidadoso e incluye exactamente el texto de la ley en su contestacion, como indicando, 'fijate en la ley' y hay que apegarse y cumplirla

En resumen la LIVA grava actividades y estas estuvieran desgravadas en funcion a ciertos requisitos, los cuales debemos vigilar si se cumplen y no estar asentado de manera analogica a que tan solo ciertas personas (como medicos o maestros, profesores) ya le proceden aplicarse la exencion. Son las actividades en si, las que a la ley se pronuncia, no a las personas.

Por ejemplo una convencion de medicos, donde se esten capacitando, dudo que por simple analogia que el cobro por estos servicios le resulte ser exentos de IVA. Habria desmenuzarse sus por menores y investigar como es que se van desarrollando estos actos y de que manera, para hacer coincidir si se precisa la exencion al IVA o en su defecto tenerse que gravarse a la tasa tradicional o en su defecto la aplicable a la franja fronteriza.
 
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enrique9727
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24/Jul/12 12:47
Re: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?

Hola a todos

No se trata de convencer a nadie, tampoco de imponer mi opinion.

En el chat que postee, desafortunadamente no lo hice Yo, fue un conocido que me lo envio.

Y analizandolo tal cual.....si se considera exento.

Ya que es una extension del servicio del medico.
Atiende al paciente, y informa el resultado, en base al ESTUDIO, INVESTIGACION Y RESULTADO observado.

No esta haciendo nada adicional que, no sea su propia actividad.


Decia lobozac, nadie tiene la verdad absoluta.


Saludos a todos
 
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