08/Mar/10 21:32
IDE pagado se puede acreditar de IVA?
Buen dia,
solo quisiera saber si el IDE pagado me puede servir para disminuir el IVA a pagar?,
lo que pasa es que no se tiene ninguna otra contribucion a pagar mas que IVA.
Gracias
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criskras
Cabo
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08/Mar/10 22:26
Re: IDE pagado se puede acreditar de IVA?
q tal contador
art 8 LIDE
Los contribuyentes podrán acreditar contra el monto del pago provisional del impuesto sobre la renta del mes de que se trate, una cantidad equivalente al monto del impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el mismo mes.
Acreditamiento contra ISR retenido mensual [2]
Cuando el impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el mes de que se trate sea mayor que el monto del pago provisional del impuesto sobre la renta del mismo mes, el contribuyente podrá acreditar la diferencia contra el impuesto sobre la renta retenido a terceros en dicho mes.
Compensación contra las contribuciones federales a cargo [3]
Si después de efectuar el acreditamiento a que se refiere el párrafo anterior existiere una diferencia, el contribuyente la podrá compensar contra las contribuciones federales a su cargo en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.
Solicitar devolución siempre que sea dictaminado por contador público registrado [4]
Si después de aplicar los procedimientos de acreditamiento y compensación a que se refieren los párrafos anteriores, subsistiere alguna diferencia, la misma podrá ser solicitada en devolución, siempre y cuando esta última sea dictaminada por contador público registrado y cumpla con los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
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LC.GONZALEZ
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09/Mar/10 18:58
Re: IDE pagado se puede acreditar de IVA?
Buenas Tardes:
Compañero, en el portal del SAT viene una larga lista de las contribuciones que se pueden compensar, entre ellas el IDE
Saludos
La ignorancia es temporal, la estupidez es para siempre
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JOEGON
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09/Mar/10 20:38
Re: IDE pagado se puede acreditar de IVA?
A ver criskras:
¿Porque no se causa ISR? ¿Podría indicarmelo? por favor.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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18/Mar/10 23:36
Re: IDE pagado se puede acreditar de IVA?
Si se causa ISR lo que pasa es se estan amortizando perdidas.
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criskras
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19/Mar/10 09:37
Re: IDE pagado se puede acreditar de IVA?
que tal WISKAS jejeje si quieres aprovechar tu IDE compensalo contra IVA presentando formato 41 aviso de compensacion por duplicado, tus constancias de retencion y los anexos del programa F3241 que si no me equivoco deben ser el 11 y 11-A los que correspondan al IDE de todos modos checalo.
seria lo las factible.
¡Saludos!
La verdad es relativa, la neta es absoluta...
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ISAKI86
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22/Mar/10 20:49
Re: IDE pagado se puede acreditar de IVA?
Otra duda,
lo que pasa es que 'alguien' habia dicho que no se podia hacer con IVA. El IVA ya esta pagadao (era el de Enero que se pago en Febrero), el IDE lo cobro el banco en Enero. La compensacion se puede hacer extemporanea? con el IVA de Marzo?
Gracias otra vez.
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criskras
Cabo
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23/Mar/10 09:31
Re: IDE pagado se puede acreditar de IVA?
por favor contador no se confunda
tampoco ande inventando terminos
La compensacion se puede hacer extemporanea?con el IVA de Marzo?
su respuesta esta en el art 8.
si lo analiza bien le marca el procedimiento de acreditamiento, compensacion o devolucion
solo es cuestion de razonarlo un poquito,
cree usted q de no tener esos tres supuestos en el mes que causo el ide, no los puede hacer mas adelante, ( claro salvo el acreditamiento que marca el propio articulo )
no me haga pensar q no lo leyo
saludos
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LC.GONZALEZ
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23/Mar/10 10:46
Re: IDE pagado se puede acreditar de IVA?
solo quisiera saber si el IDE pagado me puede servir para disminuir el IVA a pagar?,
No se acredita, se compensa., derivado que el acreditamiento funge primeramente vs ISR, y si subsistiese algun remanente lo podrà compensar en terminos del numeral 23 del CFF.
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/noticias_boletines/4_4209.html
saludos
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CPhugoocejo
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