Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
11/Ene/10 19:24
deduccion de inmuebles

Buenas, en el año 2009, se adquirió un local (departamento ) por parte del negocio....para efectos de IETU tiene un tope ?....se adquirió por financiamiento bancario alrededor de 1,300,000 pesos...ese monto es deducible al 100%.....

Otra cuestión, los intereses los puedo deducir mensualmente, ya que se han metido en la relación de Declaración Informativa con operaciones con terceros completa ...?

Gracias
 
Perfil

lorito
Capitán Segundo

Mensajes: 421
Ingresó: Agosto 16, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
11/Ene/10 21:34
Re: deduccion de inmuebles

Si la inversion pudiese deducirse al 100% para efectos de ISR, para IETU en la misma proporcion seria deducible. Ver el art 6 LIETU

Los intereses no son deducibles para efectos del IETU de conformidad a el art 2 LIETU

Artículo 2 LIETU. Para calcular el impuesto empresarial a tasa única se considera ingreso gravado el precio o la contraprestación a favor de quien enajena el bien, presta el servicio independiente u otorga el uso o goce temporal de bienes, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por impuestos o derechos a cargo del contribuyente, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto, incluyendo anticipos o depósitos, con excepción de los impuestos que se trasladen en los términos de ley.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
12/Ene/10 10:17
Re: deduccion de inmuebles

Hablando de Intereses para IETU, si en mi negocio tengo un crédito ( financiento AVIO), esos intereses que pago al final del plazo, No son deducibles para IETU ?...
 
Perfil

lorito
Capitán Segundo

Mensajes: 421
Ingresó: Agosto 16, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
12/Ene/10 11:55
Re: deduccion de inmuebles

Y ese depa ¿lo rentan o lo utiliza el dueño para vivir o como casa chica?...digo, faltó aclarar ese punto para conocer si es para los fines del negocio....
 
Perfil

BR1000000
Soldado

Mensajes: 18
Ingresó: Enero 08, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
12/Ene/10 17:02
Re: deduccion de inmuebles

Sorry, te repito los intereses para ISR si son deducibles, pero para IETU NOP, aunque sean factibles acumularse.

La razon es que para la deduccion de intereses estos debe de considerarse actos o actividades gravados para IVA dentro de las 3 actividades que se gravan en IETU, para que posteriormente estas mismas actividades pero como deducciones pudiese deducirse.

Los intereses si pudiesen ser gravable para IVA, pero no dentro de las 3 activadades gravables para IVA:

1.- Enejenacion de bienes
2.- Arrendamiento
3.- Prestacion de servicios.


Quedo por mi parte, pendiente con esta parte de la disposicion del IETU... que mas tarde la adjunto
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1